El mes de septiembre es sinónimo de celebraciones en Chile, y este año 2024 no será la excepción, ya que las celebraciones deciochenas vienen en un formato XXL.

En el marco de las festividades de Fiestas Patrias, muchos trabajadores públicos esperan con ansias el aguinaldo que cada año llega como un alivio financiero para enfrentar los gastos propios de estas fechas.

Este beneficio es uno de los más esperados, ya que brinda un apoyo económico para disfrutar las tradicionales celebraciones del 18 de septiembre.

¿Cuánto dinero recibirán los trabajadores públicos?

Los trabajadores del sector público recibirán un aguinaldo de Fiestas Patrias, cuyos montos varían en función de la remuneración líquida que hayan tenido en agosto de 2024.

Este beneficio es otorgado de manera automática, ya que el pago del aguinaldo se incluye automáticamente junto con la remuneración del mes de septiembre. Por lo que los trabajadores no deben realizar ninguna postulación.

Los montos determinados para este año son los siguientes:

  • $85.093 para aquellos trabajadores cuya remuneración líquida en agosto de 2024 sea igual o inferior a $984.282.
  • $59.071 para los trabajadores cuya remuneración líquida en agosto de 2024 sea superior a $984.282.

Cabe destacar que estos valores aplican solo para trabajadores públicos con cargos de planta o a contrata al 31 de agosto de 2024.

¿Quiénes tienen derecho al Aguinaldo de Fiestas Patrias en el sector público?

Para recibir este aguinaldo, los trabajadores deben estar contratados en cargos de planta o a contrata y pertenecer a sectores específicos de la Administración del Estado. Los beneficiarios incluyen:

  • Trabajadores de instituciones que hayan sido traspasadas a las municipalidades.
  • Instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (SENAME) o su continuador legal.
  • Universidades estatales.
  • Establecimientos particulares subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de educación Técnico Profesional.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.