Este miércoles 26 de julio, los Gobiernos de Chile y Brasil anunciaron un acuerdo internacional que beneficiará a los viajeros entre ambas naciones. En concreto, desde este mismo miércoles se termina el cobro de roaming internacional entre ambos países. Con lo que se avanza en una medida que ya se aplica también en otros territorios del continente.

¿En qué consiste el acuerdo de roaming entre Chile y Brasil?

El nuevo acuerdo de roaming entre Chile y Brasil significa que ya que no se deberán pagar cobros adicionales por el uso de roaming e internet cuando se viaje a Brasil.

De esta manera, se aplicará tarifa local al servicio de roaming internacional entre ambos países. Esto incluye los minutos, datos y mensajes según los términos de los contratos que se tienen con las compañías de celulares en sus respectivos países de origen.

¿Entonces ya no se deberán contratar bolsas de roaming internacional en Brasil?

No, cuando viajes a Brasil podrás usar tus datos, Internet y llamar tal como lo haces en Chile. Esto permitirá que no exista la necesidad de adquirir una simcard, ni contratar bolsas de roaming internacional.

Chile y Brasil tienen un intenso intercambio de viajeros, ya sea por vacaciones o trabajo, que podrán desde ahora beneficiarse de tarifas locales estando de viaje. Esperamos replicar este tipo de acuerdos en el futuro con otros países de la región, eliminando esta barrera”, comentó el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz.

“Esta medida, que deriva del Acuerdo de Libre Comercio entre ambos países, sin duda que es una gran noticia, ya que va en directo beneficio de las personas. Con Brasil tenemos una larga historia de cooperación e integración, por lo que esperamos seguir trabajando de manera conjunta. Así queremos continuar fortaleciendo los vínculos bilaterales y concretar iniciativas que favorezcan a nuestros ciudadanos y ciudadanas”, añadió el canciller, Alberto Van Klaveren.

Los principales puntos del acuerdo entre Chile y Brasil

  • Los proveedores que presten servicios de telecomunicaciones de telefonía móvil y de transmisión de datos móviles deberán aplicar a sus usuarios que utilicen los servicios de roaming internacional en el territorio brasileño, las mismas condiciones, prestaciones y precios que cobren por los servicios móviles en Chile, de acuerdo a la modalidad contratada por cada usuario.
  • Las agencias reguladoras (SUBTEL y ANATEL) elaboraron en forma conjunta la dictación de normativa para la implementación técnica de este acuerdo
  • En la normativa mencionada se considera como razonable y por lo tanto no sujeto a cobros adicionales la utilización del servicio de roaming internacional. Esto por un plazo de hasta 90 (noventa) días continuos o 120 (ciento veinte) días no continuos, en el mismo año calendario.