El próximo domingo 9 de junio se realizarán en gran parte del país las elecciones primarias del Servicio Electoral de Chile para los cargos de gobernadores y alcaldes, proceso que tiene la particularidad de ser voluntario para los votantes, pero no para un grupo de personas que deberán acudir sí o sí al proceso eleccionario.

Si deseas saber quiénes deberán asistir esta jornada y si hay excusas permitidas, continúa leyendo RedNews.

A pesar del voto voluntario: ¿Quiénes están obligados a participar en las primarias de junio?

Si bien las primarias son un proceso de votación voluntario, los vocales de mesa y los miembros del Colegio Escrutador están obligados a asistir esta jornada de domingo, siempre y cuando en la comuna o región en que estén inscritos, haya candidatos a primarias.

La lista de vocales de mesa saldrá publicada el próximo sábado 18 de mayo, cuando los secretarios de cada Junta Electoral publiquen las nóminas de vocales y miembros del Colegio Escrutador, además de las mesas y locales de votación correspondientes.

¡Ojo! Que, si fuiste seleccionado como vocal de mesa y no puedes realizar dicha labor, el lunes 20 de mayo comenzará el plazo de 3 días para presentar excusas ante las Juntas Electorales.

Finalmente, el 25 de mayo se publicará la nómina de vocales reemplazantes y definitivos.

¿Cuáles son las multas por no asistir el día de votación a ser vocal de mesa?

Si fuiste seleccionado como vocal de mesa y no acudes a realizar tu labor ese día domingo 9 de junio, el SERVEL señala que eso es una infracción electoral, sanción que tiene una multa a beneficio municipal de 2 a 8 UTM, es decir, desde 131 mil a 526 mil pesos aproximadamente.

¿Qué excusas están permitidas para no ser vocal de mesa?

De acuerdo a al artículo 44 de la ley 18.700, los argumentos permitidos para excusarse y no presentarse como vocal de mesa son:

  • Quienes estén ausentes del país o radicados en alguna zona a más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
  • Tener que desempeñar otras funciones que encomiende la ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en hospitales en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  • Embarazadas.