Hay novedades sobre las Elecciones Primarias de Alcaldes y Gobernadores que se llevarán a cabo el domingo 9 de junio. Pronto se darán a conocer los vocales de mesa que deberán participar de este proceso. ¿Ya sabes la fecha? Conoce todos los detalles a continuación.

¿Cuándo publican los vocales de mesa de las Primarias?

Según el cronograma del Servel, el próximo sábado 18 de mayo se publica la nómina de vocales de mesa para las Elecciones Primarias 2024. Ese mismo día se dará a conocer a los miembros de colegios escrutadores, los locales de votación, a los delegados y los recintos en que funcionarán los colegios escrutadores.

Si un vocal no puede cumplir su función, deberá presentar las excusas pertinentes desde el 20 de mayo hasta el 23 de mayo.

Así, el sábado 25 de mayo se publicará la nómina definitiva de vocales de mesa, con los reemplazantes que suplirán a las personas que presentaron excusas.

¿Cuáles son las excusas que pueden presentar las vocales de mesa?

Según el artículo 44 de las Ley 18.700, las causales de excusa para no desempeñarse como vocal de mesa son:

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad a más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
  • Tener que desempeñar otras funciones que encomiende la ley.
  • Tener más de 70 años.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en hospitales en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  • Embarazadas.

Y según el artículo 40 de la Ley 18.700, tampoco pueden ser vocales de mesa:

  • Candidatos, sus cónyuges y sus parientes
  • Personas con cargos de representación popular; personas a cargo de trabajos electorales; ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores y consejeros regionales.
  • Embajadores y cónsules.
  • Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia, jueces del Poder Judicial y los de Policía Local.
  • Fiscales del Ministerio Público.
  • Jefes de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales.
  • Contralor General de la República, miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo.
  • Extranjeros, no videntes y analfabetos.
  • Condenados por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público.

Las excusas deberán presentarse por escrito ante la Junta Electoral respectiva.