La Cámara Baja del Congreso comenzó a discutir acerca del Cuarto Retiro del 10%. Este rescate es parcial, al igual que los otros tres anteriores (dos siguen vigentes, puedes revisar cómo hacerlos efectivos aquí). De igual forma, los parlamentarios conversan acerca de las mociones sobre el retiro completo de los fondos previsionales.

En total son siete proyectos que deben ser aprobados o rechazados por los diputados y diputadas del país. En caso de recibir el visto bueno, dicha moción deberá pasar a la Cámara Alta (Senado), donde tendrá que volver a ser revisada si es que quiere ser ley.
 

¿Cómo saber cuánto dinero tengo en mi AFP?
 

En caso de que sea aprobado el Cuarto Retiro del 10%, es importante saber cuánto dinero posees en tu cuenta de ahorro, pues determinará la naturaleza del rescate según lo dicte el proyecto.

Para saber cuánto dinero tienes debes ingresar a la página respectiva de tu AFP. Si no sabes cuál es tu AFP, haz click aquí.
 

¿Cuáles son los proyectos del Cuarto Retiro del 10%?
 

Proyecto de Pamela Jiles:
 

La diputada del Partido Humanista plantea el retiro universal de los fondos previsionales. El máximo, sin embargo, no podrá exceder las 150 Unidades de Fomento (UF); es decir, más de $4.445.994. De igual forma, el rescate del fondo no podrá ser inferior a 35 UF ($1.037.398). 

Si el saldo del afiliado es menor a 35 UF, podrá hacer efectivo el retiro total de sus fondos acumulados en su cuenta personal.

El 50% del monto retirado se deberá pagar en un plazo máximo de diez días hábiles desde que se presente la solicitud. En tanto, el otro 50% demorará diez días más desde el pago anterior.

Este trámite tendrá una vigencia de 365 días desde su publicación en el Diario Oficial.
 

Proyecto de Jorge Durán:
 

El diputado oficialista de Renovación Nacional, plantea que los afiliados podrán retirar mensualmente desde cinco ingresos mínimos mensuales ($1.632.500) hasta un máximo de 150 UF ($4.445.994) de su cuenta personal.

Ahora bien, deben cumplirse ciertos requisitos para poder hacer efectivos los retiros:

Tiene que estar vigente un Estado de Catástrofe por calamidad pública derivado de una pandemia, o bien, una declaración de alerta sanitaria de la autoridad respectiva.

Que los fondos previsionales que registre el afiliado actualmente, proyectados a la edad de su jubilación, sean insuficientes para financiar una pensión superior a las 25 UF ($740.000 aprox.), en la forma que determine la ley.