El Tribunal de Disciplina dio a conocer los detalles del veredicto de la denuncia de Universidad de Chile contra Colo Colo, que terminó dándole el triunfo a los albos. Los azules no pudieron probar el supuesto desacato de Jorge Almirón contra Huachipato y, de hecho, sufrieron otras dos grandes derrotas.
La Primera Sala del tribunal resolvió rechazar las tres denuncias que interpuso el equipo universitario: contra el técnico Jorge Almirón, contra el coordinador Víctor Vidal y también contra Huachipato, en su calidad de organizador del partido frente a Colo Colo.
En este último caso, los azules denunciaron a los acereros por “haber cometido infracción al artículo 56° de las Bases del Campeonato que establece las reglas relativas a la Zona de Exclusión, permitiendo que se concretara la infracción del artículo 51° inciso final por parte del señor Víctor Vidal y el correspondiente desacato del Club Colo Colo y del señor Jorge Almirón”.
El castigo que la U buscaba contra Huachipato, según las bases del torneo, correspondía a “una multa de hasta 100 UF (3.798.122 pesos chilenos), según la estimación que hiciere el Tribunal Autónomo de Disciplina”. Al no probar los hechos denunciados, esto quedó en nada.
La U acusó a Huachipato por “permitir” el supuesto desacato de Almirón: el tribunal rechazó la denuncia | Photosport
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En el fallo del Tribunal de Disciplina, se establece que, luego de revisar las pruebas, entre ellas tres videos presentados por U. de Chile, “no resulta posible dar por acreditado que el Director Técnico, señor Jorge Almirón, dio instrucciones a los miembros de la banca de suplentes“.
Tampoco se pudo probar la infracción al inciso final del artículo 51 de las bases del torneo, que dice que, en caso de suspensión del DT, “el club no podrá tener, ni utilizar, en la banca de suplentes ningún elemento de comunicación, audio, video ni elementos computacionales, cualquiera sea su denominación”.
En este punto se presentó un video donde la U decía que el doctor Cristóbal Yáñez estaba con una tablet en la banca, pero “la imagen no es clara” y “no permite apreciar con certeza si se trata de una tablet”. También se usó un registro del jefe de seguridad de Colo Colo con una radio o walkie-talkie, que fue desechado porque éste se encontraba en una zona contigua de la banca y no atendía “al tenor literal” del artículo 51.
“Es necesario reiterar lo señalado por este Tribunal en diversas sentencias relacionadas con esta y otras materias, en el sentido que está vedado al estamento jurisdiccional resolver en base a meras presunciones o a la creencia, e incluso convicción, íntima de lo sucedido, si tal persuasión no se encuentra determinada por los elementos probatorios válidamente agregados a la causa y hechos valer en la misma“, dicen en el tribunal.
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