El Bono Invierno es un aporte estatal que se entrega anualmente en el mes de mayo, junto a la pensión correspondiente de la persona beneficiada, que en este caso son quienes tengan 65 años o más que cumplan con el resto de los requisitos.

Te contamos los detalles del pago de este año, en la siguiente nota de Rednews.

¿Cuál será el monto del Bono Invierno 2024?

El pago de este 2024 que tendrá el Bono Invierno será de $77.982, recordemos que es un beneficio no postulable que tampoco es imponible no está sujeto a descuentos.

Se paga junto a la pensión de mayo como mencionamos anteriormente. El monto de este bono el año pasado fue de $74.767, por lo tanto este año incrementará el pago.

¿Quiénes son beneficiarios del Bono Invierno 2024?

  • Pensionados que tengan pensiones con un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    • Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS)
    • Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
    • Dipreca
    • Capredena
    • Y de las mutualidades deempleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Personas pensionadas del sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
  • Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional.
  • Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo).

¿Quiénes no son beneficiarios del Bono Invierno?

Entran en esta definición las siguientes personas, de acuerdo a lo que informa el IPS:

  • Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.

¿Recibiste el Bono Invierno en 2023?

¿Recibiste el Bono Invierno en 2023?

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