ElBono Invierno, forma parte de los beneficios que entrega el Gobierno anualmente a los beneficiarios, que en este caso son los pensionados que cumplan con los requisitos del IPS.

Recordemos que el monto de este año, fueron $77.982, pero un dato importante es que todavía estás a tiempo de cobrar este beneficio económico.

Aún puedes recibir el Bono Invierno 2024

El Bono Invierno comenzó los pagos desde el pasado 2 de mayo, con un monto de $77.982 que se pagaron en dicho mes junto a la pensión de cada beneficiario.

Desde el IPS, informaron a Redgol, que hay muy pocas probabilidades de que alguna persona no haya recibido el bono, pero de ser así, por estar fuera del país u otro motivo por no haber cobrado la pensión de mayo que se pagó junto al Bono Invierno, aún estás a tiempo de recibir el beneficio.

Si consideras que cumples con los requisitos que te detallamos a continuación, y no recibiste el pago del bono, debes contactar a tu AFP para que ingresen tu solicitud, también puedes llamar al 600 440 0040.

¿Quiénes pueden recibir el Bono Invierno 2024? Estos son los requisitos

  • Tener 65 años o más.
  • Pensionados que tengan pensiones con un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    • Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS)
    • Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
    • Dipreca
    • Capredena
    • de las mutualidades de empleadores de la Ley N.º 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Personas pensionadas del sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
  • Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional.
  • Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo).

¿Qué pensionados no reciben el Bono Invierno?

Los pensionados que quedan fuera de este beneficio, son quienes reciben más de una pensión (incluido el seguro social de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y las pensiones de gracia).

Excepto si la suma de esas pensiones es igual o menor a una pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.

No son beneficiarios del Bono de Invierno:

  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar contemplados en la ley y porque no cumplen con el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley N.º 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley N.º 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden acceder al Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope definido.