Se aproxima la fecha de una de las votaciones más importantes en la historia de nuestro país, ya que el domingo 4 de septiembre será el Plebiscito de Salida para aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución.

Esta votación a diferencia de las anteriores, será de carácter obligatoria para todos los chilenos y chilenas que residan el territorio nacional y estén habilitados para sufragar. Mientras que las personas que voten en el extranjero tendrán la opción de voto voluntario como siempre ha sido.

Para fomentar el voto de la población, el Gobierno anunció que el transporte público será gratuito en algunos servicios de nuestro país como: Metro de Santiago y Valparaíso, Biotrén, Buscarril Talca-Constitución, Corto Laja, el servicio Victoria-Temuco y el servicio ferroviario entre Santiago-Nos-Rancagua. En el caso de las micros, estas tendrán una tarifa normal sin gratuidad.

Para emitir un voto informado las autoridades han fomentado la lectura del documento de la nueva Constitución que puedes descargar de forma gratuita AQUÍ. También puedes escuchar el audiolibro en YouTube o en Spotify

Asimismo, recuerda que el Servel ya publicó los locales de votación y el listado de vocales de mesa para este Plebiscito, información que puedes consultar solamente con tu RUT en este ENLACE

¿Cuáles son las multas por no votar en el Plebiscito de Salida?

Si no acudes a votar para el Plebiscito de la nueva Constitución recibirás una multa que puede llegar a ser de hasta 3 UTM, es decir, $180 mil aproximadamente.

¿Cómo me puedo excusar para no votar en el Plebiscito de Salida?

No puedes excusarte de votar previo a la votación del Apruebo-Rechazo, sino que una vez que no acudas a sufragar serás notificado en tu domicilio electoral para acudir al Juzgado de Policía Local en donde puedes excusarte ante el juez bajo alguna de las siguientes situaciones:

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado tu domicilio electoral (debes presentar comprobante de la constancia ante Carabineros).
  • Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

Mucho se ha consultado, acerca de si es que los adultos mayores podrán excusarse de votar y, según indica la ley, este grupo tiene la obligación de votar sin importar su edad.