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Campeonato Nacional

Rechazan recurso de jugadores argentinos de Unión La Calera en contra de la ANFP

Seis jugadores de Unión La Calera presentaron un recurso de protección contra la ANFP y Pablo Milad por el cupo de extranjero. No tuvieron éxito.

La Corte de Apelaciones no admitió el recurso de seis jugadores de La Calera
© KARIN POZO/ATONCHILELa Corte de Apelaciones no admitió el recurso de seis jugadores de La Calera

Los jugadores argentinos de Unión La Calera no tuvieron suerte en su arremetida contra la ANFP. La Corte de Apelaciones rechazó el recurso de protección presentado por los cementeros, quienes buscaban que se aumentara de cinco a seis el cupo de extranjeros en cancha en el Campeonato Nacional.

Los argentinos Emmanuel Giglotti, Franco Soldano, Gabriel Hauche, Matías Ibáñez, Ezequiel Parnisari y Nicolás Ferreyra habían efectuado la acción de judicial. Sin embargo, la primera sala de Corte de Apelaciones la declaró inadmisible, según dio a conocer Las Últimas Noticias.

En su recurso, los seis jugadores trasandinos alegaban que el cambio de bases “lesiona y vulnera el legítimo ejercicio de las garantías fundamentales de los suscritos”. Se referían a que el Consejo de Presidentes aumentó el número de extranjeros en cancha de cinco a seis en diciembre de 2023, pero revirtió la decisión en febrero de 2024.

Las bases quedaron en que se permiten sólo cinco extranjeros en cancha, aunque seis pueden ser inscritos en el plantel. Los jugadores agregaron al recurso que, dada esta situación, se verían perjudicados los premios e incentivos impuestos en sus contratos profesionales.

Unión La Calera

La Calera tiene seis jugadores extranjeros inscritos, pero pueden haber sólo cinco en cancha | Photosport

Preocupados por los premios

Los contratos de los jugadores establecen premios por goles convertidos, vallas en cero y triunfos. Por ejemplo, el contrato de Gigliotti señala que debe recibir “US$1.000 por cada gol y US$20.000 al ser el goleador del campeonato”. El de Ibáñez, que le corresponde “US$200 por cada partido en el que no reciba goles”.

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Sin embargo, la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago estableció que “en la presentación efectuada en estos autos, no se han mencionado hechos que puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución”.

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