Este domingo 17 de diciembre una nueva jornada de elecciones se llevará a cabo en nuestro país. Esto porque se deberá votar en contra o a favor de la Nueva Constitución en Chile.

Por está razón los chilenos ya se preguntan desde ya cómo organizar su día domingo, sobretodo en vísperas de Navidad en dónde el comercio esta a full capacidad. Esto porque se preguntan qué estará abierto y que no este 17 de diciembre.

¿Abren los supermercados?

Además de realizarse un nuevo Plebiscito Constitucional en nuestro país este domingo también será un día feriado obligatorio e irrenunciable de segunda categoría, el que finalmente aplicará para casi todo el comercio en Chile.

Es casi un feriado irrenunciable ya que hay excepciones en cuanto a qué puede abrir ya que por ejemplo algunos supermercados si pueden abrir durante la jornada.

Y es que los supermercados pueden abrir este domingo siempre y cuando no estén dentro de centros comerciales, malls, strips centers o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

De encontrarse en cualquiera de los complejos mencionados los supermercados no podrán abrir ya que para los trabajadores ese día constituye un día feriado obligatorio.

Ahora, es importante mencionar que los grandes supermercados que estarán abiertos no contarán con venta de alcoholes debido a la Ley Seca, la que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas durante este período.

Y es que este mismo se mantendrá este domingo 17 de diciembre desde las 05:00 horas hasta las 20:00 horas del mismo día.

¿Qué comercio puede funcionar?

Este domingo 17 de diciembre supermercados, grandes tiendas y locales que funcionen fuera de malls, strip center y centros comerciales si podrán funcionar y sus trabajadores sí deben asistir a trabajar si sus turnos establecidos por contrato lo especifican.

Puedes revisar la lista completa de comercios que pueden abrir sus puerta ese día a continuación:

  • Los que sean atendidos por sus propios dueños.
  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento tales como: Cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimientos de venta de combustibles conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”.
  • Farmacias de Urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, los que venden y elaboran alimentos preparados en el mismo sitio y son consumidos por el cliente en el propio local.

Es importante mencionar que si bien los locales mencionados pueden abrir, los locales y sus empleadores deben de darle a los trabajadores un mínimo de dos horas para poder ir a votar a sus respectivos locales de votación durante este día domingo. Y es que por ley los trabajadores tienen derecho a ausentarse de su lugar de trabajo para poder ir a votar y sin disminuir sus remuneraciones.

De igual forma, desde la Dirección del Trabajo puntualizaron que estas dos horas son el tiempo mínimo así que los trabajadores podrían extenderse en este plazo siempre y cuando entren en común acuerdo con su empleador.