El pasado sábado, el Servel dio a conocer la primera nómina de vocales de mesa, los cuales deberán cumplir este rol en las Elecciones Primarias, que se realizarán el próximo 9 de junio.

En este caso, al tratarse del primer listado de vocales, se podrán excusar en las Juntas Electorales correspondientes, con los argumentos permitidos por Ley.

¿Hasta cuándo puedo excusarme si soy vocal de mesa?

El plazo establecido por el Servel, para excusarse ante la Junta Electoral correspondiente, comenzó el 21 y finaliza este jueves 23 de mayo.

Estos argumentos deben ser presentados ante dicha junta, puede ser de manera presencial o por correo electrónico. Además, se deben adjuntar los documentos que acrediten la causal, con los datos disponibles en el sitio web del Servel.

Deberán hacer este proceso, quienes se ajusten a las excusas permitidas para realizar el trámite correspondiente. La segunda nómina de vocales, con los reemplazantes, será informada el día 25 de mayo.

¿Cuáles son las excusas permitidas para no ser vocal de mesa?

El artículo 44 de la ley 18.700, informa que las excusas permitidas para cumplir el rol de vocal de mesa, son las siguientes:

  • Quienes estén ausentes del país o radicados en alguna zona a más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
  • Tener que desempeñar otras funciones que encomiende la ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en hospitales en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  • Embarazadas.

¿Cuánto pagan por ser vocal de mesa?

Desde el Servel indican que el pago a quienes son vocales de mesa, corresponde a 2/3 de UF, si lo calculamos con el valor actual serían $24.410, pero este monto aumenta para quienes sean vocales por primera vez.

Esto porque se suman 0,22 UF por la capacitación, que serían $8.055 adicionales. Todo esto se informa en la ley N° 20.568, publicada en el Diario Oficial al 31 de enero de 2012.