En medio de las críticas y alabanzas al trabajo de la Convención Constituyente, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres) anunció la fecha en que se realizará el plebiscito de salida para definir si se aprueba o rechaza el texto propuesto: será el domingo 4 de septiembre.

El comunicado del gobierno indica que “para que el Servel pueda ejecutar todas las actuaciones referidas al padrón y propaganda electoral, se fija como la fecha para el plebiscito en el que se deberá aprobar o rechazar el nuevo texto constitucional, para el próximo domingo 4 de septiembre de 2022“, dos meses después del término del trabajo de la Convención Constituyente, fijado para el 5 de julio.

El gobierno también ingresóuna serie de indicaciones legislativas al proyecto presentado en enero pasado que busca georreferenciar al electorado para acercar los locales de votación según sus domicilios. Además, las indicaciones buscan “mantener protocolos sanitarios como aforos al interior de los recintos, tal como ocurrió en los casos de las elecciones de los años 2020 y 2021, además de la adaptación de plazos para la publicación de la nómina especial de electores mayores de 90 años”.

El artículo 142 de la Constitución Política, referido al Plebiscito Constitucional, indica que “comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta. El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile. El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales” (entre $28 mil y $167 mil).

El 4 de septiembre, los chilenos deben ir a votar. (AGENCIA UNO).

El 4 de septiembre, los chilenos deben ir a votar. (AGENCIA UNO).

¿Cuál será la pregunta del plebiscito?

El mismo artículo se refiere a la interrogante que se planteará al electorado. “En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?” o “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas”.

¿Qué pasa si se rechaza la nueva Constitución?

Esto es más simple. Y también está consignado en el mismo artículo: “Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución”.