Hoy comienza el plazo para presentar las causales de excusa para no ser vocal de mesa el día del Plebiscito de Salida.

Las personas pueden consultar AQUÍ con su RUT si fueron designados. Quienes sean seleccionados deberán cumplir obligatoriamente su labor a menos que cumplan alguna de las siguientes causales:

  • Estar comprendido entre las causales de inhabilidad del artículo 45 de la Ley 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante a más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
  • Tener que desempeñar otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios.
  • Tener más de 60 años.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios.
  • Personas gestantes durante todo el período de embarazo.
  • Padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tiene el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse.
  • Cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades y las que se desempeñen en los ELAM.

Quienes deseen excusarse podrán hacerlo hasta el 18 de agosto ante las Juntas Electorales.
 

¿Cuál es la multa si no me presento como vocal de mesa el día del Plebiscito?

Quienes no se presenten el día del Plebiscito y no presenten excusas incurrirán en una infracción electoral que es sancionada con una multa a beneficio municipal, que va de 2 a 8 UTM ($116 mil y $465 mil apróx).