El próximo domingo 7 de mayo se desarrollarán las elecciones de los 50 miembros del Consejo Constitucional en Chile, que serán los encargados de revisar el texto desarrollado por la Comisión Experta y de redactar gran parte de la nueva propuesta de Constitución Política de la República, que se llevará a plebiscito en diciembre.
De cara al nuevo proceso eleccionario, el Servicio Electoral (Servel) ya entregó los listados de quienes deberán cumplir funciones como vocales de mesa y miembros del Colegio Escrutador. Quienes no se presenten a cumplir con la labor, se exponen a multas, a no ser que su ausencia sea debidamente justificada.
¿En la elección de consejeros y en el plebiscito de salida habrá voto obligatorio?
Sí. Ambos procesos eleccionarios tendrán el carácter de voto obligatorio y quienes no acudan a cumplir su labor se exponen a multas.
¿Cuáles son las multas por no votar?
El elector que no vote será penado con una multa a beneficio municipal de entre 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales (entre $31.537 y $189.222, aproximadamente).
¿Puedo presentar excusas por no votar?
La ley establece que “no recibirá sanción el elector que haya dejado de cumplir su obligación” por algún motivo de fuerza mayor. De todas maneras, la cusa debe estar debidamente acreditada ante el juez competente al momento de comparecer a la citación. Los motivos para excusarse son:
- Enfermedad.
- Ausencia del país.
- Encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral.
- Otro impedimento grave, que debe ser comprobado debidamente ante el juez competente.