Uno de los beneficios que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) entrega año a año a las familias chilenas es el Subsidio de Integración Social y Territorial, más conocido como Subsidio DS19.

El DS19 es un programa estatal que permite a familias que buscan adquirir su primera vivienda, acceder a proyectos habitacionales en barrios bien localizados y cercanos a servicios, con estándares de calidad en diseño, equipamiento y áreas verdes.

Quienes posean un subsidio para comprar una casa, lo pueden aplicar en estos proyectos habitacionales, en la medida que existan viviendas por el valor correspondiente a su beneficio.

De igual forma, las familias o personas que no cuentan con un subsidio habitacional, también pueden acceder a viviendas, siempre y cuando cumplan con los requisitos de postulación al Subsidio para Sectores Medios, DS1.

¿Cómo comprar una vivienda con el DS19?

Para hacer uso del beneficio, existen tres modalidades: Sin deuda hipotecaria, Don deuda hipotecaria y sin Subsidio.

Compra de vivienda sin deuda hipotecaria

Permite adquirir una vivienda de hasta 1.100 UF. El hogar queda pagado por ahorros, más subsidios y bonos.

Y se puede acceder a este programa con los siguiente Subsidios:

•   Fondo Solidario DS174 o DS49.

•   DS1 Título 1 Tramo 1 Subsidio Sectores Medios.

•   Segunda Oportunidad (2013).

•   Subsidio destinado a damnificados a partir del 2014.

Compra de vivienda con deuda hipotecaria

Permite comprar una vivienda de hasta 2.200 UF (En las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Chiloé y las comunas de Palena, Isla de Pascua y Juan Fernández el valor máximo puede llegar desde las 1.600 UF  y hasta las 2.400 UF respectivamente).

La casa se paga por medio del ahorro más subsidio, bonos y aportes económicos (al Contado o Crédito Hipotecario).

Compra de vivienda Sin Subsidio

Permite adquirir un hogar de hasta 2.200 UF y los requisitos para acceder a este beneficio son:

Tener ahorro, pertenecer hasta el 90% del Registro Social de Hogares (RSH) y No que nadie del grupo familiar tenga una propiedad.