Ya comenzó la Operación Renta 2023 para que los contribuyentes puedan declarar sus ingresos del año anterior al de la presentación de la declaración, es decir, en este caso al de 2022.
¿Cómo hacer la declaración de renta?
- Sitio Web: Accede a este ENLACE que te llevará a la página web oficial del Servicio de Impuestos Internos (SII) e ingresa con tu usuario y clave o ClaveÚnica. Luego, haz clic en “Declarar Renta (F22)” y selecciona el año tributario a declarar (2023). Comprueba que tus datos estén corrector y selecciona “continuar”.
Verifica la información del formulario y haz clic “enviar”, es importante que guardes una copia o imprimas el documento a modo de respaldo.
- Dispositivo móvil: El Servicio de Impuestos Internos (SII)dispuso de unaaplicaciónpara celulares llamada “e-Renta”, cuyo fin será facilitar a las personas naturales a declarar su renta de manera fácil y simple.
Una vez que se instale en tu dispositivo móvil solo debes abrirla e ingresar con tuRUTy clave delSII.
¿Hasta cuándo puedo?
- 01 al 08 de abril: recibirán la devolución adelantada al20 de abril.
- 09 al 27 de abril:recibirán la devoluciónal15 de mayo.
- 28 de abril al 10 de mayo:Recibirán la devolución al29 de mayo.
¿Quiénes deben declarar renta?
- Tuvieron uningreso anual superior a los $9.907.434(salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
- Tuvieronmás de un empleador.
- Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura parcialpara sus cotizaciones previsionales.
- Realizaron el segundo retiro voluntario del 10%acumulado en su AFP,de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 21.295,ytienenun ingreso tributable superior a 30UTA($22.016.520).
- Quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario, como por ejemplo, la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.
- En el caso de las empresas,todas tienen que presentar su declaración de renta.
¿Qué pasa si no hago la declaración de renta?
Cabe destacar que realizarla declaración de renta es un proceso de carácter obligatorio y legal. El no participar de este proceso (si te corresponde)te arriesgarás a ser citado por las unidades del Servicio de Impuestos Internosque se encuentran a lo largo del país.
Por otra parte, este incumplimiento tributario significa que contarás con una anotación tributaria de “no declarante F22” en los registros, es decir, te verás imposibilitado de realizar ciertos trámites que ofrece el SII.