Desde el 1 de abril de este año las empresas, personas naturales e intermediarios pueden hacer el proceso de la Operación Renta 2023. Este es un trámite anual en el que se debe hacer la Declaración de Renta del año pasado y en el que en algunos casos se puede recibir la devolución de impuestos.

Generalmente las y los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios y algunas empresas pueden optar a la devolución de impuestos por la retención de dineros que realizó el Servicio de Impuestos Internos (SII) durante el 2022.

¿Cuándo se entrega la devolución de impuestos?

  • Si haces la Operación desde el 1 hasta el 8 de abril: Recibirás la devolución de impuestos el jueves 20 de abril por depósito.
  • Si haces la Operación desde el 9 hasta el 27 de abril: Recibirás la devolución de impuestos el lunes 15 de mayo por depósito.
  • Si haces la Operación desde el 28 de abril hasta el 10 de mayo: Recibirás la devolución de impuestos el lunes 29 de mayo por depósito.

Si recibes la devolución de impuestos por cheque, se podrá cobrar a partir del martes 30 de mayo, sin importar en la fecha en que hiciste el trámite.

Fechas devolución de impuestos.

Fechas devolución de impuestos.

¿Cómo se paga la devolución de impuestos?

La Tesorería General de la República cuenta con las siguientes formas de pago para la devolución de impuestos:

  • Depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo, a la vista o CuentaRUT que posea el contribuyente.
  • Cheque enviado al domicilio del contribuyente.
  • Si ingresó los datos de su cuenta corriente, de ahorro o la vista con algún error, podrá cobrar su devolución en las cajas de las sucursales de BancoEstado Express y en BancoEstado.

¿Qué es la cobertura parcial y total en la devolución de impuestos?

Al momento de hacer tu Declaración de Renta solamente podrás optar a una devolución de impuestos si escoges la cobertura parcial de tus cotizaciones previsionales y de salud.

En la Operación Renta 2023 quienes opten por cobertura parcial deberán hacerlo por un 47% de su renta imponible del año 2022.

En caso de que elijas la opción de cobertura total, el 100% de tu dinero retenido será destinado a tus cotizaciones, por lo que no recibirás devolución de impuestos.

¿Quiénes deben hacer la Declaración de Renta?

  • Quienes tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Quienes tuvieron más de un empleador o pagador.
  • Quienes trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para las cotizaciones previsionales para obtener la devolución de impuestos.
  • Quienes realizaron el tercer retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.295, y tienen un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).
  • Quienes solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota correspondiente (30% y 10% del monto solicitado, respectivamente).
  • Se puede declarar renta, pese a no estar obligado, si se quiere acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.
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