El 2 de mayo comenzaron los pagos del Bono Invierno, el beneficio de $77.982 para pensionados que se paga en mayo de cada año. Los beneficiarios reciben el aporte de forma automática, sin tener que postular, porque solo basta con cumplir los requisitos. Pero, ¿qué pasa con las personas que aun así no recibieron el pago? Consulta cómo apelar.
¿Cómo apelar al Bono Invierno?
Si una persona dice cumplir todos los requisitos del Bono Invierno, pero no recibió el pago, tienes la opción de apelar contactándote con la entidad pagadora de tu jubilación para que analicen la situación y la regularicen en caso de que haya habido un error.
Cabe recordar que el Bono Invierno no tiene una fecha de pago fija durante mayo. Tomando en cuenta que se paga junto con la pensión, la fecha exacta puede variar para cada pensionado. Por lo tanto, si todavía no lo recibes, puede que ocurra durante las siguientes semanas de mayo.
Ahora bien, si aun así no tienes el pago, también debes asegurarte de cumplir los requisitos. Antes de apelar al Bono Invierno, revisa muy bien que los cumplas todos y que no haya alguna incompatibilidad para tener el beneficio.
Asegúrate de cumplir todos los requisitos del Bono Invierno
Para tener el Bono Invierno debes tener al menos 65 años, recibir una pensión que no supere los $212.406 y cumplir alguno de los siguientes puntos:
- Ser pensionado del IPS, ISL, Capredena, Dipreca o mutualidades de empleadores.
- Ser pensionado de una AFP que reciba una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
- Recibir Aporte Previsional Solidario de Vejez.
- Recibir la PGU, siempre que no tenga derecho a otra pensión de algún régimen previsional.
- Ser pensionado de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo la PGU.
- Ser beneficiario de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura, Pensión de Viudez de pensionados de reparación fallecidos y Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos.
¿Y los que tienen dos pensiones?
Los pensionados que reciben dos pensiones no recibirán el Bono Invierno, a menos que la suma de esas dos pensiones sea menor a $212.406.
Es importante aclarar que La PGU no se considera como una pensión extra en este caso, sino que solo se toma en cuenta el monto de la pensión base.
¿Qué otras incompatibilidades hay para el Bono Invierno?
Tampoco pueden recibir el bono los beneficiarios del Subsidio de Discapacidad y titulares de indemnización del carbón.