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Extranjería Chile | Solicitud de Residencia definitiva: dónde se realiza el trámite online y quiénes deben hacerlo

A partir del 12 de abril, personas que sean originariasdeBrasil, China, Cuba, Haití y Perú puedenhacer el trámite de manera virtual. Eran las únicas nacionalidades, hasta el pasado lunes,que se veían en la obligación de hacer la diligencia de manera presencial.

ChileAtiende no recibirá más solicitudes de permanencia de manera presencial.
© Agencia UNO.ChileAtiende no recibirá más solicitudes de permanencia de manera presencial.

Luego de que se promulgara la nueva Ley Migratorialos extranjeros residentes en el país que se encuentren en situación de irregularidad en el país, deberán poner en regla su estado en Chile para evitar complicaciones que pueden, incluso, llegar a la expulsión delterritorio.

En ese sentido, cientos de extranjeros se han agolpado para hacer el trámite respectivo.

Siguiendo en la misma línea. Chile Atiende informó que a partir del lunes 12 de abril dejó de recibir solicitudes de permanencia definitiva de manera presencial de cinco nacionalidades, por los que solo será posible realizar aquel requerimiento en línea.

¿Quiénes deben realizar el requerimiento exclusivamente en línea?

Personas de los siguientes países: Brasil, China, Cuba, Haití y Perú. Así las cosas, estos deberán realizar las diligencias a través de tramites.extranjeria.gob.cl/.

Después de haber hecho el trámite, y a partir del 13 de octubre, un día después de que se acabe el plazo para hacerlo, habrán 60 días corridos para entregar la documentación requerida.

Cabe destacar que estas cinco nacionalidades eran las únicas que debían seguir haciendo el papeleo de manera presencial.

¿Quiénes pueden solicitar la permanencia definitiva?

Migrantes que han visto cumplidos sus plazos de Visa de Estudiante, Temporaria o sujeta a contrato.

En todo caso, hay que cumplir con ciertos requisitos:

-Enviar la solicitud dentro de los 90 últimos días de vigencia de la visa

– Acreditar alguna actividad que le permita mantenerse en Chile

– Haber sido titular del permiso de permanencia y no haber estado más de 180 días fuera de Chile durante la vigencia de este.

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