La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un nuevo beneficio estatal que se encuentra destinado a las personas que tengan 65 años o más que cumplan con los requisitos establecidos, independientemente de que tengan derecho a pensión o incluso de que se hayan pensionado o no.

El monto de la PGU tendrá un tope máximo de $185.000, ya que la suma total dependerá si la pensión base resulta ser igual o inferior a $630.000, la persona accederá al monto máximo. En el caso de que la pensión base es mayor a $630.000 y menor que $1.000.000, se accederá a un monto menor.

Es importante destacar que la pensión base se entiende como el resultado de un cálculo estimativo y financiero que el IPS efectúa en base a la capacidad de la persona de financiar una pensión contributiva a la fecha en que esta haya cumplido la edad legal: 65 años en el caso de los hombres y 60 años en el caso de las mujeres, lo que no implica que la persona deba estar pensionada o tenga que pensionarse para acceder a la PGU.

Si deseas conocer más detalles acerca de las personas que deben postular a la Pensión Garantizada Universal y quienes reciben el pago automático.

¿Qué personas deben postular a la Pensión Garantizada Universal?

Las personas que deben inscribirse para obtener la Pensión Garantizada Universal son las personas que no reciben el Pilar Solidario y pertenecen al tramo de 60% al 90% de vulnerabilidad.

Además, deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Haber cumplido 65 años.

- No pertenecer al 10% más rico de la población.

- Acreditar residencia en el territorio nacional al menos 4 de los últimos 5 años desde la solicitud de la PGU, junto con 20 años continuos o discontinuos desde que el postulante cumplió los 20 años de edad.

- En caso de ser extranjero, acreditar residencia por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos.

- Contar con una pensión base inferior a $1.000.000.

¿Quiénes reciben el pago automático de la Pensión Garantizada Universal?

Recibirán el pago automático de la PGU todas las personas que actualmente reciben el Pilar Solidario, es decir:

- Personas que reciben la Pensión Básica Solidaria de Vejez

- Personas que reciben el Aporte Previsional Solidario de Vejez.