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Derechos humanos

Histórico: Justicia reconoce a persona como género no binario

De esta manera, el nuevo sexo registral de la persona mayor de edad estará señalado con el marcador "X" en vez de "M" (masculino) o "F" (femenino).

Publicado por

Por rodrigo cantillana matus

Histórico: Justicia reconoce a persona como género no binario
Histórico: Justicia reconoce a persona como género no binario

Por primera vez en la historia de Chile, la justicia reconoció a una persona mayor de edad como no binaria y ordenó rectificar su registro de nacimiento, tanto en el nombre como en el sexo registral, mandatando a reconocerla como no binaria y utilizando el marcador “X” en dicha categoría.

Fue el pasado 25 de mayo cuando la jueza Primer Juzgado Civil de Santiago, Isabel Zúñiga, dictó la sentencia que ordena el cambio; esto luego que la persona mayor de edad concurriera a la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile a tramitar la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento.

Según plantean desde la Casa de Estudios, “la sentencia recoge los argumentos planteados por la profesora Lorena Lorca a favor de la persona requirente, quien no se sentía identificada con el nombre y sexo que indicaba su documento de identidad, lo que la exponía a situaciones discriminatorias y le causaba menoscabo y perjuicio en su dignidad personal e integridad psíquica, sobre todo al presentar documentos como su carnet de identidad o pases de movilidad, en donde constaba su nombre y sexo asignado al nacer”.

“Es por ello que después de un proceso de varios años de autodescubrimiento y conocimiento para determinar su identidad, decidió autodenominarse con un nombre que consideraba neutro, el cual fue reconocido por su familia, sus pares y parte de sus profesores de la institución en la que estudia. Pero al no estar su nombre social reconocido legalmente, provocaba que su bienestar y tranquilidad quedaban sujetos a la voluntad de la persona destinataria de tal solicitud y su apertura con el tema”, complementan desde la Universidad de Chile.

El fallo reconoce que el nombre legal le generaba menoscabo a la persona y, además, que el sexo registral no corresponde a su identidad de género, por lo cual, lo que se hace con esta sentencia es “reconocer a la parte peticionaria su propia identidad sin más clasificación ni estereotipos que su propia autodeterminación”.

Twitter Facultad de Derecho U Chile (@derechouchile)

Twitter Facultad de Derecho U Chile (@derechouchile)

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