El Subsidio DS49 o Fondo Solidario de Elección de Vivienda es un aporte económico de 314 UF base que se entrega a las familias más vulnerables del país con el fin de ayudarlas a adquirir una vivienda propia sin la necesidad de financiarla con un crédito hipotecario.

Este beneficio es entregado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) y permite a sus beneficiarios comprar una vivienda construida o integrarse a la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU.

¿Cuándo es el plazo para depositar el ahorro mínimo del subsidio?

Un nuevo periodo de postulaciones al DS49 se abrirá en noviembre y uno de los requisitos para postular solicita mantener una cuenta de ahorro de vivienda que debe contar con un ahorro mínimo de 10 UF, en el que se considerará el valor de noviembre de la UF.

Este monto se debe tener en la cuenta a más tardar el último día hábil del mes anterior a la postulación, esto quiere decir que el monto debe estar en la cuenta a más tardar el 28 de octubre de 2022.

Cabe destacar que para poder postular al subsidio se deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable de la población.
  • Acreditar en el RSH un grupo familiar. No pueden postular personas solas (familias unipersonales) excepto los Adultos Mayores, viudos/as o aquellas que tengan un grado de discapacidad (acreditada ante el COMPIN), calidad de indígenas o sean reconocidas en el Informe Valech.
  • Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda con un ahorro mínimo de 10 UF (no puede ser el cónyuge ni conviviente civil).