El Bono por Hijo es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer mediante la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado, todo esto a través delInstituto de Previsión Social (IPS).

Hay que recordar que este beneficio no se paga al momento en que nazca el hijo, sino que se paga junto a la pensión de la mujer.

Esta bonificación se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, esto quiere decir hasta los 18 años del hijo, fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta los 65 años.

Si el hijo nació antes de 1 de julio de 2009 se aplica el ingreso mínimo vigente de julio de 2009 ($165 mil). Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009 el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

Cabe destacar que el en caso de los hijos adoptados el beneficio se genera para la madre biológica como también para la madre adoptiva.

¿Cómo puedo recibir el beneficio?

El Bono por Hijo está dirigido a las mujeres que cumplan con los siguientes requisitos:

-Tener 65 años o más.

Residir en el territorio chileno por un periodo de 20 años, que pueden ser continuos o discontinuos, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Adicionalmente a esto deben de haber vivido al menos cuatro años de los últimos cinco en el país.

-Estar recibiendo una pensión desde al menos el 1 de julio de 2009 en alguna de las siguientes tres modalidades:

  • Encontrarse afiliada a alguna AFP.
  • Recibir una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), que actualmente fue reemplaza con la Pensión Garantizada Universal (PGU).
  • Recibir una Pensión de Supervivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS) en caso de no encontrarse afiliada a un régimen previsional.

¿Cómo saber si soy beneficiaria?

Para saber si eres beneficiaria puedes revisarlo AQUÍ en el IPS en Línea, si recibes el beneficio recibirás el pago correspondiente.

De igual forma si cumples con lo mencionado anteriormente puedes realizar el trámite durante todo el año en el IPS en Línea con tu Clave Única y tu RUT.

Cabe destacar que este bono no podrán recibirlo quienes reciben pensiones del antiguo régimen de pensiones Capredena o Dipreca.