En relación a los beneficios vinculados a las AFP, actualmente se discute el Cuarto Retiro que fue rechazado en el Senado, mientras el Bono Cargo Fiscal sigue vigente hasta el próximo año, pudiendo cobrarse una sola vez.

Pero también existe el llamado Bono de Reconocimiento. Este beneficio corresponde a un monto de dinero entregado por el Estado a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al sistema de AFP.

Este monto se ingresa a su cuenta cuando se pensione por vejez, por invalidez o cuando fallezca. Pueden recibir este Bono de Reconocimiento los imponentes de cualquiera de las ex cajas de previsión del régimen previsional antiguo (de reparto) y que cumplan con los siguientes requisitos:

- Tener al menos doce cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.

- Si no cumplen el requisito anterior debe registrar, a lo menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.


¿Cómo acceder y cuándo se paga este Bono de Reconocimiento?
 

Para poder tener el Bono de Reconocimiento de AFP, quienes cumplan con los requisitos deben acudir a la AFP en la que se encuentren afiliados y llenar la Solicitud de Cálculo y Emisión del bono y el Detalle de Empleadores, cuando corresponda.

En cuanto a los montos y pagos de este Bono de Reconocimiento, este se calcula de acuerdo a los períodos de cotizaciones que la persona registre en el antiguo régimen previsional al que estaba afiliado.



 

El valor del beneficio se reajusta anualmente, de acuerdo al IPC. Obtiene un interés del 4% anual, que se capitaliza cada año desde la fecha en que el afiliado ingresó al sistema previsional de AFP.

Sobre la fecha de pago, esto debe ser dentro del plazo de 60 días contado desde la fecha en que se formule el cobro por parte del interesado y devengará el interés penal que se indica por cada día de atraso en su pago.