Las micro, pequeñas y medianas empresas (Mypes) se han visto grandemente afectadas por la pandemia del coronavirus. Las consecuencias económicas fueron tan potentes que algunas debieron cerrar y las que quedaron continúan luchando para mantenerse a flote.

Por este motivo el Gobierno implementó el Bono Alivio para Pymes. Este aporte está dirigido directamente a las Mypes que sufrieron los efectos de la emergencia sanitaria.

Además, de forma complementaria existen otros tres beneficios vigentes a los que todavía se puede postular: El Bono Alivio Para Pymes, Préstamo para pago de cotizaciones, Bono Adicional Variable y Bono para pago de cotizaciones.

Revisa a continuación cómo hacerlo, en qué consisten, cuáles son los montos y las fechas de postulación.
 

Bono Alivio para Pymes

El Bono Alivio para Pymes es el beneficio original. Contempla la entrega de 1 millón de pesos a las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020 y que este se encuentre vigente al 17 de junio de 2021.

- Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250 en 2020.

- Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos entre enero de 2020 y abril de 2021, o tener al menos un trabajador contratado en 2020.

- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

- No desempeñar actividades financieras o de seguros.

El beneficio se incrementa en un 20% en el caso de que la persona natural o la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada sea mujer. El período de postulación al Bono Alivio para Pymes finalizó el 2 de agosto. Si postulaste, revisa AQUÍ la fecha de pago.
 


 

 

Préstamo para pago de cotizaciones

Consiste en un préstamo reembolsable que pueden solicitar los contribuyentes para financiar las cotizaciones declaradas y no pagadas de sus trabajadores con suspensión laboral.

Las empresas, sean personas naturales o jurídicas, tienen que cumplir las siguientes condiciones:

- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.

- Tener ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250 en 2020.

- Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos durante 2020 o 2021, o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.

- Haber tenido contratados hasta 49 trabajadores al 31 de marzo de 2021, de acuerdo con lo establecido en el art. 505 bis del Código del Trabajo.

- Haber tenido, al menos, un trabajador suspendido entre la entrada en vigencia de la Ley de Protección del Empleo, el 6 de abril de 2020, y el 31 de marzo de 2021.

- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

- No desempeñar actividades financieras o de seguros.

El préstamo para pago de cotizaciones se puede solicitar desde el 17 de julio hasta el 17 de septiembre de 2021, por una sola vez en sii.cl., accediendo con el Rut y Clave de la empresa (Clave Única o Clave Tributaria, según corresponda).
 


 

 

Bono Adicional Variable

Es un aporte adicional al Bono Alivio Mypes, que corresponde a 3 veces el IVA promedio declarado en 2019, con un tope de $2 millones.

Las empresas, sean personas naturales o jurídicas, tienen que cumplir las siguientes condiciones:

- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.

- Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250 en 2020.

- Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos durante 2020 o 2021, o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.

- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

- No desempeñar actividades financieras o de seguros.

- Las empresas con deuda de cotizaciones de seguridad social, deben haber destinado el 30% del Bono Alivio MYPES (o pagado el total de la deuda, si corresponde), al pago de las cotizaciones adeudadas.

El bono se incrementa en un 20% para personas naturales y EIRL con sexo registral femenino.

Se puede solicitar desde el 18 de agosto hasta el 18 de octubre de 2021, por una sola vez en sii.cl., accediendo con el Rut y Clave de la empresa (Clave Única o Clave Tributaria, según corresponda).
 


 

 

Bono para pago de cotizaciones

Corresponde a la entrega el monto correspondiente a un mes de cotizaciones previsionales. Para definir el monto, se considera el monto mayor de las cotizaciones que haya devengado en enero, febrero o marzo de 2021, o del último mes en que se registren cotizaciones declaradas y no pagadas.

Las empresas, sean personas naturales o jurídicas tienen que cumplir las siguientes condiciones:

- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.

- Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos durante 2020 o 2021, o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.

- Haber tenido contratados hasta 49 trabajadores al 31 de marzo de 2021, de acuerdo con lo establecido en el art. 505 bis del Código del Trabajo.

- Haber tenido, al menos, un trabajador suspendido entre la entrada en vigencia de la Ley de Protección del Empleo, el 6 de abril de 2020, y el 31 de marzo de 2021, siempre que hubieren recibido por parte de la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía al menos un giro en virtud de dicha suspensión.

- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

- No desempeñar actividades financieras o de seguros.

- Empresas con deuda de cotizaciones de seguridad social, deben haber destinado el 30% del Bono Alivio MYPES (o pagado el total de la deuda, si corresponde), al pago de las cotizaciones adeudadas.

Se puede solicitar desde el 18 de agosto hasta el 18 de octubre de 2021, por una sola vez en sii.cl., accediendo con el Rut y Clave de la empresa (Clave Única o Clave Tributaria, según corresponda).