Estamos ad portas de un nuevo sufragio, porque finalmente este domingo 16 de noviembre se llevarán a cabo las Elecciones Presidenciales 2025, en las que participan los ocho candidatos a la Moneda: Franco Parisi, Jeannette Jara, Marco Enriquez-Ominami, Johannes Kaiser, José Kast, Eduardo Artes, Evelyn Matthei y Harold Mayne-Nycholls.
Para votar de manera informada es fundamental que conozcas tus datos electorales, entre los que destacan tu local y mesa de votación, para estar al tanto de cuál es tu mesa y la dirección exacta.
Recordemos que hay lugares históricos en los que la afluencia de público es mayor, como el Estadio Nacional o Monumental, por lo tanto, debes planificar con anticipación tu viaje este fin de semana.
¿Dónde me toca votar? Consulta aquí con tu RUT
Para revisar y consultar tu local de votación debes ingresar a www.consulta.servel.cl con tu RUT sin puntos y guion, para saber este y otros datos, como si debes ser vocal de mesa.
Recuerda que es obligación ir a votar, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 21.524, el voto es obligatorio en todas las elecciones y plebiscitos en Chile, excepto en las elecciones primarias.

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¿De cuánto es la multa si no voy a votar?
De acuerdo a lo informado por el Servel, en las elecciones presidencial y parlamentarias del 16 de noviembre, si estás inscrito para sufragar en Chile y no votas, podría ser sancionado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 1,5 unidades tributarias mensuales (entre $35.000 y $105.000 pesos aproximadamente).
¿Quiénes no reciben multa por no ir a votar?
Según informa el Servel, quienes cumplan con lo siguiente no serán sancionados:
1. Quienes se encuentren enfermos.
2. Si están ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación.
3. Hayan desempeñado las funciones que encomienda esta ley.
4. Cuenten con la calificación y certificación de discapacidad señalada en el artículo 13 de la ley N° 20.422, que establece normas sobre la igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.
- Lo anterior, podrá también acreditarse a través de la calidad de asignatario de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional conforme a los registros disponibles en el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social.
5. Les afecte otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.




