Este sábado 25 de noviembre se publica la nómina de vocales de mesa para el Plebiscito Constitucional de diciembre. Quienes sean designados como vocal de mesa, deberán cumplir su labor obligatoriamente, de lo contrario enfrentarán una multa.

Como suele suceder, es probable que en estas elecciones se vuelvan a repetir vocales de votaciones anteriores. ¿Ya fuiste vocal? Revisa a continuación si te podría tocar de nuevo este año.

¿Cómo saber si puedo salir vocal de mesa nuevamente?

De acuerdo con la ley de Votaciones y Escrutinios N° 18.700, los vocales de mesa serán reelegidos varias veces para cumplir este rol en las elecciones, en un plazo máximo de 4 años.

Es decir, si te tocó en alguna elección pasada, deberás completar los 4 años ejerciendo como vocal. O bien si es tu primera vez, deberás ser elegido vocal hasta 2027 entre las elecciones que se realicen durante ese período.

Publicación del Servel en X (ex Twitter) sobre las fechas clave para vocales de mesa | Foto: Servel

Publicación del Servel en X (ex Twitter) sobre las fechas clave para vocales de mesa | Foto: Servel

¿Dónde podré revisar si soy vocal?

Podrás revisar en consulta.servel.cl e ingresar con tu RUT sin puntos y con guion, a partir del 25 de noviembre.

Allí mismo podrán consultar otros datos, como tu número de mesa y tu local de votación.

¿Cuál es la multa por no presentarse?

Si un vocal de mesa no se presenta el día de la elección arriesga una multa a beneficio municipal de 2 a 8 UTM, es decir desde $127.920 a $511.680.

¿Cómo excusarse de ser vocal de mesa?

Quienes sean designados vocales de mesa y deseen excusarse, deberán presentar una carta al Secretario de la Junta Electoral, aludiendo alguna de estas causales:

  • Estar fuera del país.
  • Encontrarse a más de 300 kilómetros del lugar de votación de donde se está inscrito.
  • Estar enfermo, lo que debe acreditarse.
  • Encontrarse realizando algunas de las funciones que encomienda la Ley N°18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, como ser presidente de la Junta Electoral, de las mesas receptoras y de los colegios escrutadores, por ejemplo.
  • Tener más de 70 años.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.
  • Ser una mujer embarazada dentro de las seis semanas previas al parto o estar en el período de las 24 semanas posteriores al parto.
  • Desempeñar cargos de representación popular.
    Desempeñar ciertos cargos en la administración de gobierno.
  • Desempeñar un cargo en los Tribunales Superiores de Justicia o ser juez o fiscal del Ministerio Público.
  • Ser jefes superiores de servicio.
  • Ser Seremi, contralor o miembro activo de las Fuerzas Armadas o de orden y seguridad.
  • Ser extranjero.
    Ser una persona ciega.
  • Ser analfabeto.
  • Haber sido condenado por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público.

¿Cuál es el plazo para excusarse?

Quienes no puedan cumplir con este rol tienen un período de excusas ante las mismas Juntas Electorales entre el 27 y 29 de abril.

Finalmente, el 2 de diciembre se podrá conocer el listado definitivo de vocales reemplazantes.

¿Has sido vocal de mesa alguna vez?

¿Has sido vocal de mesa alguna vez?

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