El lunes 1 de abril comenzó la Operación Renta 2024 y quienes solicitaron el Préstamo Solidario deberán pagar la cuota correspondiente. ¿Quieres saber si debes hacer un pago? Consulta todos los detalles a continuación.

¿Quiénes deben pagar el Préstamo Solidario en la Operación Renta 2024?

Deberán pagar el Préstamo Solidario en la Operación Renta 2024 quienes lo solicitaron en 2020 y 2012. Cabe recordar que la ayuda se debe pagar en cuatro cuotas que se comienzan a pagar dos años después de la solicitud. Por lo tanto:

Quienes pidieron el Préstamo Solidario en 2020 deben pagar:

  • Primera cuota: 2022
  • Segunda cuota: 2023
  • Tercera cuota: 2024
  • Cuarta cuota: 2025

Quienes pidieron el Préstamo Solidario en 2021 deben pagar:

  • Primera cuota: 2023
  • Segunda cuota: 2024
  • Tercera cuota: 2025
  • Cuarta cuota: 2026

¿Cómo saber el monto de la cuota?

La primera corresponde al 10% del monto solicitado y no puede ser mayor al 5% de las rentas declarada. Las otras tres cuotas corresponden al 30% del monto solicitado.

Por ejemplo, si pediste un préstamo de $380.000, deberás pagar los siguientes montos:

  • Cuota 1 (10%): deberás pagar $38.000 + IPC.
  • Cuota 2 (30%): deberás pagar $114.000 + IPC.
  • Cuota 3 (30%): deberás pagar $114.000 + IPC.
  • Cuota 4 (30%): deberás pagar $114.000 + IPC.

Para saber monto exacto de tu deuda puedes consultar aquí con tu clave tributaria o con Clave Única.

¿Es lo mismo para los pensionados?

No, los pensionados deben devolver el Préstamo Solidario a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses, las que no podrán exceder el 5% del monto de la pensión.

¿Cómo hacer el pago en la Operación Renta?

A partir de 1 de abril deberás hacer tu declaración de renta y ahí se te dará la opción de pagar.

Deberás ingresar a www.sii.cl

Una vez dentro, deberás iniciar sesión con tu Clave Única o Clave Tributaria del SII.

Luego, podrás revisar tu propuesta del SII (ya está disponible) y seguir los pasos. Tendrás que pagar el monto acorde a tu deuda y en caso de que se generen excedentes podrás solicitar la devolución o abonar las próximas cuotas.