El lunes 1 de abril comenzó la Operación Renta 2024 y quienes solicitaron el Préstamo Solidario deberán pagar la cuota correspondiente. ¿Quieres saber si debes hacer un pago? Consulta todos los detalles a continuación.
¿Quiénes deben pagar el Préstamo Solidario en la Operación Renta 2024?
Deberán pagar el Préstamo Solidario en la Operación Renta 2024 quienes lo solicitaron en 2020 y 2012. Cabe recordar que la ayuda se debe pagar en cuatro cuotas que se comienzan a pagar dos años después de la solicitud. Por lo tanto:
Quienes pidieron el Préstamo Solidario en 2020 deben pagar:
- Primera cuota: 2022
- Segunda cuota: 2023
- Tercera cuota: 2024
- Cuarta cuota: 2025
Quienes pidieron el Préstamo Solidario en 2021 deben pagar:
- Primera cuota: 2023
- Segunda cuota: 2024
- Tercera cuota: 2025
- Cuarta cuota: 2026
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¿Cómo saber el monto de la cuota?
La primera corresponde al 10% del monto solicitado y no puede ser mayor al 5% de las rentas declarada. Las otras tres cuotas corresponden al 30% del monto solicitado.
Por ejemplo, si pediste un préstamo de $380.000, deberás pagar los siguientes montos:
- Cuota 1 (10%): deberás pagar $38.000 + IPC.
- Cuota 2 (30%): deberás pagar $114.000 + IPC.
- Cuota 3 (30%): deberás pagar $114.000 + IPC.
- Cuota 4 (30%): deberás pagar $114.000 + IPC.
Para saber monto exacto de tu deuda puedes consultar aquí con tu clave tributaria o con Clave Única.
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¿Es lo mismo para los pensionados?
No, los pensionados deben devolver el Préstamo Solidario a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses, las que no podrán exceder el 5% del monto de la pensión.
¿Cómo hacer el pago en la Operación Renta?
A partir de 1 de abril deberás hacer tu declaración de renta y ahí se te dará la opción de pagar.
Deberás ingresar a www.sii.cl
Una vez dentro, deberás iniciar sesión con tu Clave Única o Clave Tributaria del SII.
Luego, podrás revisar tu propuesta del SII (ya está disponible) y seguir los pasos. Tendrás que pagar el monto acorde a tu deuda y en caso de que se generen excedentes podrás solicitar la devolución o abonar las próximas cuotas.
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