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¿Cómo hacer una boleta de honorarios? Trámite se hace en el Servicio de Impuestos Internos

Revisa paso a pasoi cómo hacer una boleta de honorarios y todo lo que debes saber de este trámite que se realiza en el SII.

¿Cómo hacer una boleta de honorarios? Paso a paso del trámite
© RAMON MONROY/ATONCHILE¿Cómo hacer una boleta de honorarios? Paso a paso del trámite

El Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de emitir las boletas de honorarios a los contribuyentes que realizan actividades de segunda categoría y obtienen ingresos por trabajo dependiente.

Recordemos que este grupo debe cada año emitir boleta una vez que inicia la Operación Renta año tras año.

¿Cómo hacer una boleta de honorarios? Trámite se hace en el Servicio de Impuestos Internos

Para emitir una boleta de honorarios electrónica a través del sitio web del SII sigue estos pasos:

  1. Ingresa al sitio web del SII.
  2. Dirígete a la sección de “Servicios Online“.
  3. Haz clic en “Boletas honorarios electrónicas“.
  4. Selecciona la opción “Emitir Boleta de Honorarios“.
  5. El sistema te pedirá ingresar tu Clave Tributaria o Clave Única.
  6. Selecciona cómo se registrará la boleta en el SII.
  7. Completa los campos requeridos con la información correspondiente.
  8. Confirma la emisión de la boleta de honorarios.
  9. Una vez emitida la boleta, el SII mostrará el resultado y podrás revisar que los datos estén correctos. Si encuentras algún error, puedes solicitar la eliminación para poder emitir una nueva boleta correctamente.
SII

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La retención a las boletas de honorarios sigue aumentando

A partir del 1 de enero de 2024, la retención de boletas de honorarios aumentó del 13% al 13,75%. Esto significa que se retendrá un porcentaje mayor de dinero mensualmente al emitir una boleta de honorarios, lo que se traduce en un incremento en el monto destinado a tus cotizaciones.

Además, la retención de boletas de honorarios seguirá aumentando de forma progresiva en los próximos años, alcanzando un 17% en el año 2028, según lo establecido por la ley 21.333:

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  • Año 2023: Retención del 13%
  • Año 2024: Retención del 13,75%
  • Año 2025: Retención del 14,5%
  • Año 2026: Retención del 15,25%
  • Año 2027: Retención del 16%
  • Año 2028: Retención del 17%

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