Uno de los beneficios más importantes que entrega el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) es el IFE Laboral. Un bono que próximamente dejará de existir y que se entregará en los próximos días a quienes postularon durante los meses anteriores.

¿Hasta cuándo se puede postular al IFE Laboral? Revisa si aún hay plazo

Lamentablemente el plazo de postulación al IFE Laboral ya venció en junio, por lo tanto, ya no puedes solicitar el beneficio aunque cumplas con los requisitos.

¿Cuántos pagos son del IFE Laboral y cuándo lo recibes?

Habitualmente el IFE Laboral entregaba tres pagos consecutivos, sin embargo, quienes postularon en mayo solo obtendrán dos veces el beneficio, mientras que los postulantes de junio solo lo recibirán una vez.

Esto se debe a que este mes se entregará por última vez el beneficio a los postulantes de abril, mayo y junio, quienes recibirán su pago a partir del próximo 7 de agosto.

¿Cuánto dinero entrega el IFE Laboral?

El IFE Laboral entrega montos diferentes que se separan en dos grupos de personas:

  • Hombres mayores de 24 y menores de 55 años: Reciben un 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: Reciben el 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.

¿Cómo saber si recibo el último pago del IFE Laboral?

Para consultar si recibes el último pago del IFE Laboral de agosto debes ingresar a tu cuenta del Sence en este ENLACE con tu RUT y ClaveÚnica.

Igualmente, recuerda que si postulaste en abril, mayo y junio y cumples con estos requisitos recibirás tu pago:

  • Tener un nuevo contrato de trabajo. Para esto, Sence revisará que no registres cotizaciones de pensión y/o salud en los tres meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
  • Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.320.000).
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.