El autopréstamo de las AFP es una de las medidas que contempla el proyecto del Gobierno de Reforma Previsional, y tiene como objetivo que las personas afiliadas puedan retirar de sus fondos una cantidad de dinero, para después devolverla.

¿Desde cuándo se puede solicitar el autopréstamo de las AFP?

La solicitud del autopréstamo de las AFP estará disponible una vez que se apruebe y se publique en el Diario Oficial el proyecto de ley de Reforma Previsional, discusión que actualmente está pausada y que continuará después del receso legislativo de este mes de febrero.

De acuerdo a los senadores de oposición que integrarán Comisión de Trabajo en marzo próximo, el proyecto de reforma no saldría de esa instancia antes de julio, para finalmente pasar a la Sala del Senado para su votación.

Proyecto de Reforma Previsional

Proyecto de Reforma Previsional

¿Cuál es el monto máximo que se puede solicitar?

Con el autopréstamo de las AFP se puede solicitar el 5% de los fondos de ahorro previsional que tenga ahorrado el cotizante, y tendrá un tope máximo de 30 UFcerca de 1,1 millones de pesos, para quienes tengan más ahorros.

Cabe destacar que más de 9.300.000 afiliados activos están en condiciones de solicitar el autopréstamo. Dentro de este grupo, aproximadamente 1.500.000 personas podrían pedir el monto máximo permitido (hasta 30 UF), mientras que alrededor de 7.900.000 afiliados tendrían la posibilidad de solicitar una cantidad menor, hasta el 5% del saldo disponible en sus fondos previsionales.

¿Cuáles son los requisitos para el autopréstamo?

Los requisitos que deben cumplir las personas afiliadas para poder solicitar el autopréstamo de las AFP son:

  • Estar a cinco años o más de la edad de jubilación (hombres menores de 60 años y mujeres menores de 55)
  • Tener fondos para el retiro
  • No estar pensionado

¿Cómo se devuelve el autopréstamo?

La devolución del autopréstamo se efectuará mediante el pago de cuotas calculadas como el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles de la persona afiliada, la que se pagará a partir del mes subsiguiente efectuada la solicitud del préstamo, junto con el pago de las cotizaciones obligatorias.

El pago se realizará todos los meses en que la persona afiliada cotice en calidad de trabajadora o trabajador dependiente, independiente o voluntario, hasta el mes en que salde el total de la deuda.

Además, la persona afiliada podrá en cualquier momento saldar parcial o totalmente el monto adeudado. En el caso de los trabajadores dependientes, se efectuará por la o el empleador, junto con el pago de las cotizaciones obligatorias.

Es importante tener en cuenta que mientras un afiliado tenga vigente un préstamo, no podrá solicitar otro hasta la amortización total del mismo. De esta manera, una vez pagado el préstamo, el afiliado podrá pedir uno nuevo.

En caso de que se apruebe, ¿solicitarás el autopréstamo?

En caso de que se apruebe, ¿solicitarás el autopréstamo?

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