Una de las restricciones para tener el Bono Invierno es recibir más de una pensión. Sin embargo, existe una ocasión en la que un pensionado podría recibir el aporte, pese a aquello.

Conoce los detalles a continuación.

¿Cómo recibir el Bono Invierno si tengo más de una pensión?

Podrás recibir el Bono Invierno quienes tienen más de una pensión, solo si el monto de ambas es igual o menos al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años.

Cabe destacar que esto no corre para la Pensión Garantizada Universal (PGU). Podrás recibir sin problema el Bono Invierno si recibes tu pensión junto con la PGU, siempre que cumplas el resto de los requisitos.

¿Cuáles son los requisitos?

Tener más de 65 años y ser pensionado de alguna de las siguientes modalidades:

  • Pensionados con pensiones iguales o menores al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados mayores de 75 años del IPS, ISL, Dipreca, Capredena y Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados mayores de 75 años.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tengan derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, además, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados mayores de 75 años.

¿Cuál es el monto de este año?

Este 2024 el monto del bono alcanza los $77.982.

¿Hay que postular? ¿Cuándo se paga?

No, el bono se paga automáticamente a quienes cumplen los requisitos, junto con la pensión del mes de mayo.

¿Quiénes no recibirán el Bono Invierno?

  • Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech.
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad.
  • Titulares de indemnización del carbón.