El Servel ya dio a conocer la nómina de vocales de mesa para la elección del 7 de mayo, que definirá a los 50 representantes del Consejo Constitucional. Como suele ocurrir, hay personas que fueron seleccionadas por segunda, tercera o cuarta vez.

Pese a que algunos encuentran que esto es un error y que no debería suceder, hay un motivo por el que se designa a las mismas personas constantemente.

¿Por qué volví a salir vocal de mesa?

La ley de Votaciones y Escrutinios N° 18.700 indica que los vocales de mesa pueden ser reelegidos varias veces para cumplir este rol en un plazo máximo de 4 años.

Por ejemplo, si en 4 años en Chile se realizan 5 elecciones, una misma persona puede ser designada vocal de mesa para esas 5 elecciones.

Eso quiere decir que si fuiste vocal de mesa en la elección pasada, deberás completar 4 años como vocal, incluyendo la elección del 7 de mayo.

Y si esta es la primera vez que te eligen como vocal de mesa, podrás repetir el cargo por los próximos cuatro años, es decir hasta 2027.

¿Cómo saber si soy vocal de mesa?

Para saber si fuiste designado vocal de mesa en la elección de mayo debes revisar en consulta.servel.cl. Tienes que ingresar con tu RUT sin puntos y con guion.

¿Qué pasa si no me presento el día de la elección?

Si un vocal de mesa no se presenta el día de la elección arriesga una multa a beneficio municipal de 2 a 8 UTM, es decir desde $126.148 a $504.592.

De todas formas, hay causales que podrían eximir a una persona de ser vocal.

¿Cuáles son las causales de excusa?

  • Estar comprendido entre las causales de inhabilidad del artículo 45 de la Ley 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo. También se considerará dentro de esta causal al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.

¿Dónde excusarme?

Quienes no puedan cumplir con este rol deben presentar sus excusas ante las Juntas Electorales entre el 17 y 19 de abril.

El sábado 22 de abril se podrá conocer el listado definitivo de vocales reemplazantes.