La Pensión Garantizada Universal es entregada a las personas mayores de 65 años y que junto a esto cumplan con los requisitos solicitados.

Según cifras del IPS, son entre 90 mil y 160 mil las personas que son beneficiarias de la PGU y no lo saben, por lo tanto no han solicitado el beneficio.

A continuación, te contamos más detalles.

 

Pensión Garantizada Universal retroactiva: ¿De qué se trata el proyecto y a quiénes beneficia?

El proyecto fue presentado por un grupo de parlamentarios al Congreso Nacional, con el objetivo de entregar el pago retroactivo al mes de agosto, independiente de cuándo se solicite y se entregue la pensión.

Uno de los impulsores de la medida es el diputado Alberto Undurraga (DC), indicó lo siguiente:

"Lo que nosotros hemos dicho es que para resolver esto, que todas las personas que alcancen a postular y que califiquen este año se les pague retroactivamente desde el mes de agosto".

¿Cuáles son los actuales requisitos de la PGU?

  • Desde el 1 de agosto de 2022 los requisitos son los siguientes para mujeres y hombres:
  • Personas que tengan 65 años o más de edad.
  • No ser parte del 10% más rico de la población de 65 años o más. 
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:

- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el postulante haya cumplido 20 años de edad.

- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.

  • Contar con una pensión base calculada menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior), según la forma de cálculo definida en la normativa.

¿Quiénes no pueden postular a la PGU?

Según lo que informa Chile Atiende, no podrán recibir la PGU las siguientes personas:

  • Personas imponentes o pensionadas (como titulares o con pensión de sobrevivencia) de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • No les serán aplicables las disposiciones del beneficio de PGU, ni aun cuando además se encuentren afiliadas o afectas a otro régimen previsional.