Este 21 de noviembre se realizan las elecciones en Chile, proceso en que los ciudadanos deben elegir al próximo presidente de nuestro país quien deberá por los próximos 4 años.
Ademásse realizanlas elecciones de Senadores,Diputados yde Consejeros Regionales (Cores), durante la misma jornada cuando las mesas de sufragio funcionen desde las 08:00 a las 18:00 hrs.
En el marco del mismo proceso electoral, este sábado el Servicio Electoral de Chile publicó la nómina de vocales de mesa que deben cumplir el importante rol derecibir y contabilizar los votosemitidos.
Desde el 2 al 4 de noviembre se podrán presentar las excusas correspondientesy válidas ante el Servel,la nómina difinitiva de reemplazantes se efectuará el día 6 del mismo mes.
Las multas de los vocales que no puedan asistir y no justifiquen ante el Servel,van desde 2 UTM a 8 UTM equivalente a una multa que va desde los$105 milhasta$422 mil pesos, aproximadamente.
A continuación, te contamos más detalles de la medida.
Vocales de Mesa | ¿Cuáles son las excusas que se pueden presentar?
- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación y el padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Desde el 2 al 4 de noviembre quienes necesiten, podrán excusarse de desempeñar el cargo de Vocal de Mesa ante las Juntas Electorales, acogiéndose a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700 las que son: #VocaldeMesa #Elecciones2021CL