La Operación Renta es el proceso anual mediante el cual contribuyentes, empresas y personas deben declarar su rentas anuales del último año. Mediante esta Declaración de Renta, algunas personas que hagan boletas de honorarios en el Servicio de Impuestos Internos (SII) pueden recibir su devolución de impuestos.

¿Cuándo comenzaría la Declaración de Renta 2023?

El SII aún no ha informado una fecha oficial en la que comenzará la Operación Renta 2023, sin embargo, siempre este proceso se lleva a cabo durante abril y las primeras semanas de mayo. De todas maneras, diversos medios de comunicación afirman que las fechas para hacer la Declaración Renta son las siguientes:

  • Las declaraciones de renta que no impliquen pago de impuestos, se podrán realizar entre el 1 de abril y el 10 de mayo.
  • Las declaraciones de renta a las que les corresponda pago de impuestos, se podrán realizar entre el 8 de abril y el 2 de mayo de 2023.

¿Cuándo se pagaría la devolución de impuestos 2023?

Las fechas en que se realiza la devolución de impuestos dependen del día en que se hizo la Operación Renta 2023, pero según el portal web Nubox, este dinero se entregaría entre el 12 y 30 de mayo de 2023, aunque estos días pueden varias según si recibes el dinero por cheque o depósito.

¿Quiénes deben hacer la Operación Renta 2023?

Deben hacer de forma obligatoria la Declaración de Renta 2023 las personas que sean parte de alguno de estos grupos:

  • Quienes tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Quienes tuvieron más de un empleador o pagador.
  • Quienes trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para las cotizaciones previsionales.
  • Quienes realizaron el tercer retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.295, y tienen un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).
  • Quienes solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota correspondiente (30% y 10% del monto solicitado, respectivamente).
  • Si se pagó el monto total del Préstamo Solidario de 2020 y/o 2021, solo debes realizar tu declaración de renta si tuviste retenciones adicionales en tu sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.
  • Se puede declarar renta, pese a no estar obligado, si se quiere acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.
  • En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de renta.

Mientras que no deben hacer declaración de impuestos quienes obtengan sus rentas como trabajador dependiente o reciban pensiones, ya que estos cumplen su obligación de manera mensual al momento en que su empleador o pagador les retiene el impuesto único de segunda categoría.