El Seguro de Cesantía eses un derecho que protege a todoslos trabajadores afiliados a laAdministradora de Fondos de Cesantía (AFC) en caso de quedar cesantes, sea por causas voluntariascomo renuncia, o por causas involuntarias, como despido o fin de contrato.
¿Cómo se cobra el Seguro de Cesantía?
Paracobrar el Seguro de Cesantíadeberásingresar a lasucursal virtualde la AFC (AQUÍ), iniciar sesión y pinchar donde dice“cobro del seguro”.
Después tienes queseleccionar“comenzar solicitud de cobro”y seguir las instrucciones indicadas.
Cuando hayas terminado todos los pasos, ya habrás solicitado tuSeguro de Cesantía.
También puedes hacer el trámitedirigiéndote a unasucursal de laAdministradora de Fondos de Cesantía, con tu cédula de identidad vigente y el finiquito odocumento que acredite la cesantía.
¿Cuándo se puede cobrar el seguro?
El Seguro de Cesantíalo puedes cobrar si cumples con los siguientes requisitos exigidos por la ley:
- Estar cesante, condición que se debeacreditarmediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
- Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular:contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado:6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
¿Cómo saber el saldo del Seguro de Cesantía?
Si quieres conocer el saldo de tuSeguro de Cesantía, debes ingresara la sucursal virtual de la AFC(AQUÍ)e iniciar sesión con tu Clave Única o Clave AFC.
Una vez dentro, la podrás revisar la cantidad de dinero acumulado que posees.
En elmismo sitio web también podrás ver tu última cotización acreditada, las cotizaciones no pagadas y los rezagos por devolver.