Hace algunos días el Sence confirmó la extensión del IFE Laboral, bono que se entrega a trabajadores que cumplan los requisitos solicitados, uno de ellos es estar cesante el mes previo a la nueva relación laboral.
Bonos para trabajadores ¿Quiénes no pueden recibir el IFE Laboral?
De acuerdo a lo informado en el sitio web oficial del Sence, no pueden acceder al subsidio las siguientes personas:
→ Quienes no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
→ Quienesestén gozando de licencia médica (incluye pre y post natal) al momento de su postulación.
→ Personas queya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.
Quienes cumplan con estos requisitos pueden recibir el beneficio del Sence
- Tener un nuevo contrato de trabajo durante el mes en curso a la postulación. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.230.000)
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
¿Cuál es el monto de pago del IFE Laboral?
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años,personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez
- 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, contope de$300.000 mensuales.
Hombres mayores de 24 y menores de 55 años
- 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, contope de$100.000 mensuales.