El Bono por Hijo es un beneficio que entrega el Ministerio de Desarrollo Social y Familia a todas las madres del país con el objetivo de mejorar sus pensiones. El aporte monetario se entrega por cada hijo nacido vivo o adoptado, en el momento en que la mujer recibe su pensión.

En el caso de hijos adoptados, el aporte económico va para la madre biológica y para la madre adoptiva. El trámite se puede realizar todo el año, y una vez que se postula a este beneficio, el dinero se entregará de manera automática en el monto mensual de pensiones. 

¿Cómo se postula al Bono Por Hijo?

  • En línea

1. Debes ingresar a la página web persona.ipsenlinea.cl

2. Luego, digitar tu RUT y hacer clic en "ingresar".

3. Después debes seleccionar la opción "Pilar Solidario y Bono por Hijo", y hacer clic en "Bono por hijo".

4. Nuevamente tendrás que hacer clic en "ingresar solicitud de bono por hijo".

5. Tras ello tendrás que completar tus datos y ya habrás postulado al bono.

  • Presencial

1. Debes ir a algún centro de atención de tu AFP o a alguna oficina de ChileAtiende (revisa las oficinas en este link).

2. Debes solicitar el "Bono por Hijo" en el centro de atención y entregar tu carnet de identidad vigente, o un poder notarial si es que el trámite es realizado por un apoderado.

3. En ese mismo instante ya habrás postulado para recibir el bono. Además recuerda que el trámite es gratuito.

4. Luego, el Instituto de Previsión Social (IPS) emitirá un documento en el que se decide si es que te concede o rechaza el bono. Este documento deberá ser retirado en persona o por un representante legal en las oficinas de ChileAtiende.

 

¿Cuáles son los requisitos para postular al Bono?

Pueden postular las madres de más de 65 años de edad, que además hayan vivido por un periodo de 20 años (seguidos o no) en Chile desde que la beneficiaria cumplió 20 años de edad. También tienen que haber vivivo al menos cuatro años de los últimos cinco años años en nuestro país. Quienes fueron exiliadas se les considerán sus años tanto en Chile como en el extranjero. 

Además de cumplir con estos requisitos, tienes que estar recibiendo una pensión al menos desde 1 de julio de 2009 bajo alguna de estas tres modalidades: 

1. Estar afiliada a alguna AFP.

2.  Recibir una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV).

3. Recibir una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), en caso de no haber estado afiliada a un régimen previsional. 

¿Cuánto dinero entrega el Bono?

El dinero del bono se calcula en base al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales que recibió la madre desde que su hijo nació:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil). Es decir, recibirá 297 mil pesos
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.