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AFP Habitat apela a orden que obliga a suspender publicidad y exige que "se autorice su restablecimiento inmediato"

El regulador obligó a suspender la publicidad de AFP Habitat por no ajustarse "a los elementos establecidos en la normativa". Desde la administradora piden que “se autorice su restablecimiento inmediato”.

¿Qué dice AFP Habitat por obligación de suspender publicidad?
© Agencia Uno¿Qué dice AFP Habitat por obligación de suspender publicidad?

AFP Habitat presentó un recurso de reposición contra el oficio de la Superintendencia de Pensiones (SP) que obliga a la administradora a suspender la publicidad “Yo estoy en Habitat”.

De acuerdo al organismo regulador, la campaña de Habitat “no se ajusta a los elementos establecidos en la normativa, como son los atributos de rentabilidad, costo y servicio y, más específicamente, sobre las prestaciones que las administradoras pueden o deben realizar, teniendo en cuenta que el uso de cualquier otro contenido en los mensajes de las administradoras se aparta de sus márgenes de acción.”

Según detalló la SP, la determinación de oficiar a Habitat para suspenderla campaña se ajusta de acuerdo al Artículo 23 del Decreto Ley N° 3.500, donde se sostiene que la publicidad de las administradoras “deberán velar porque aquélla esté dirigida a proporcionar información que no induzca a equívocos o a confusiones, ya sea en cuanto a la realidad institucional o patrimonial o a los fines y fundamentos del Sistema”.

Hay que recordar que la campaña en cuestión se basa en sondeos de la encuesta Criteria, los cuales sostienen que los cotizantes prefieren ser dueños de sus ahorros y en la publicidad se enfatizan mensajes en torno a la propiedad y herencia de los fondos.

El recurso de reposición de Habitat

Con el recurso de reposición, la administradora busca dejar sin efecto el oficio de la superintendencia y pide que “se autorice su restablecimiento inmediato” de la campaña.

Para la AFP, la campaña respeta el marco legal y catalogócomo “ilegítimo” que la SP suspenda la publicidad, amparándose en la Constitución y “lalibertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio”.

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Bajo este precepto, desde Habitat sostienen que las AFP “no pueden verse impedidas de ejercer su derecho a informar libremente y sin censura aquellas materias relativas a la seguridad y propiedad de los fondos y derechos de los afiliados”.

Desde la administradora recordaron que la justicia tomó en cuenta principio constitucional para fallar a favor de la AFP en medio del debate de los retiros de ahorros previsionales. “De hecho, ese mismo principio lo aplicó la Corte de Apelaciones al revocar una sanción impuesta por la Superintendencia de Pensiones cuando Habitat informó a sus afiliados sobre los efectos negativos que tendría en las pensiones el primer retiro del 10%”.

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