Entre los diferentes grupos sociales que reciben bonos en nuestro país se encuentran los casados, quienes tienen dos tipos de beneficios económicos siempre y cuando cumplan un requisito excluyente, superar los 25 y 50 años de casados respectivamente.

Así es, porque nos referimos a los bonosBodas de Plata” y “Bodas de Ororespectivamente, cuyos detalles te invitamos a conocer a continuación.

Solo por tener un largo matrimonio: Los bonos que pueden recibir algunas parejas en Chile

Bono Bodas de Plata:

En lo que respecta al bono “Bodas de Plata”, este es un beneficio que entregan directamente las Cajas de Compensaciones a sus afiliados que cumplan con los requisitos establecidos por cada una de estas entidades, entre los que se encuentra cumplir 25 años como pareja casada.

¿Cuánto es el monto del bono “Bodas de Plata”?Actualmente todas las Cajas de Compensación en Chile entregan por el bono de los 25 años de matrimonio un total de $25.000 por pareja.

¿Cómo recibirlo? Revisa todos los detalles de cómo cobrar este beneficio matrimonial en tu respectiva Caja de compensación.

Bono Bodas de Oro:

El otro aporte para matrimonios es el bono “Bodas de Oro”, cuyo público objetivo son parejas que cumplan 50 años como casados. En esta oportunidad este bono es un beneficio estatal que se puede solicitar de manera online por el sitio web de Chile Atiende (con videollamada) o en sus oficinas a lo largo de todo el país.

El monto de este beneficio alcanza a partir del 1 de octubre de 2023, el valor de $425.360 y tiene las siguientes características:

  1. Se entrega una sola vez en partes iguales ($212.680 para cada cónyuge vivo).
  2. Debe ser solicitado en conjunto por los dos cónyuges.
El bono “Bodas de Oro” se entrega por una sola vez en partes iguales al matrimonio. (Foto: Javier Salvo-Aton)

El bono “Bodas de Oro” se entrega por una sola vez en partes iguales al matrimonio. (Foto: Javier Salvo-Aton)

¿Cuáles son los requisitos del bono “Bodas de Oro”?

Según lo señalado por ChileAtiende, este beneficio está dirigido a cónyuges que:

  • No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
  • Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
  • Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

En tanto, las personas viudas podrán recibir este beneficio en los siguientes casos:

  • Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
  • Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.

Conoce más detalles de este beneficio en el siguiente enlace de Chile Atiende.

¿Conocías los bonos Bodas de Playa y Bodas de Oro para largos matrimonios?

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