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¿Qué debo hacer para tener un bono para cesantes? Qué hacer si quedas sin trabajo en Chile

Entérate de algunos bonos que pueden recibir los cesantes del país y cómo lo pueden recibir durante este año.

Temática
© MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILETemática

En el mes de diciembre de 2023 se registró una tasa del 8,89% de desocupación en Chile. Estas cifras reflejan la cantidad de trabajadores que han perdido su fuente de empleo y que lamentablemente también pierden sus salarios.

La buena noticia de lo gris que significa esto es que existen varios bonos dirigidos a los cesantes.

¿Qué debo hacer para tener un bono para cesantes? Qué hacer si quedas sin trabajo en Chile

Para recibir los siguientes bonos que te detallaremos a continuación debes haber pedido tu fuente de empleo y contar con algunos requisitos:

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es un beneficio destinado a quienes eran trabajadores con contrato y quedaron desempleados. Recordemos que un porcentaje de su sueldo mensual se destinaba a una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Ahora, al quedar cesantes, pueden acceder al bono cumpliendo con estos requisitos:

  • Estar cesante, lo cual se acredita mediante el finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial, según corresponda.
  • Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: tener al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.

Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, en su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.

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Cambios al Seguro de Cesantía

Cambios al Seguro de Cesantía

Subsidio de Cesantía

El Subsidio de Cesantía es un beneficio para quienes están desempleados pero no cumplen con los requisitos del Seguro de Cesantía. Este bono es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación, y se puede recibir si se cumplen estos requisitos:

  • Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente al lugar de residencia.
  • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.
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Fondo de Cesantía Solidario (FSC)

El Fondo de Cesantía Solidario se entrega a personas que no tienen recursos suficientes en su Seguro de Cesantía o han agotado dicho fondo sin tener empleo. Para postular, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante al momento de la solicitud.
  • Tener recursos insuficientes en la cuenta individual de cesantía para financiar un beneficio según los montos y porcentajes establecidos por la ley.
  • Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, pagadas antes del término del contrato laboral.
  • Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
  • Tener un contrato de trabajo que haya terminado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Activar la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece esta plataforma.

Puedes conocer los beneficios que hay disponibles para cesantes a través de el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía de Chile (AFC) en www.afc.cl/afc/.

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