Quedan solo pocos días para que se celebre Año Nuevo y es común que antes de estas celebraciones el comercio y supermercados funcionen de una manera distinta para que los trabajadores puedan salir más temprano de sus lugares de trabajo para celebrar con sus propias familias en las festividades.
Es por esto que en RedNews te contamos cómo funcionarán los supermercados durante este viernes 29 de diciembre en el país.
Así funcionan los supermercados viernes 29 de diciembre: Horario y a qué hora cierran
Desde ya te adelantamos que los supermercados no presentarán variaciones en sus horarios durante este viernes, por lo que abrirán y cerrarán en horario habitual:
- Líder: El supermercado cierra a las 21:30 horas al igual que en su formato ‘Express’.
- Acuenta: El supermercado cierra a las 21:30 horas.
- Tottus: El supermercado cierra a las 21:30 horas.
- Santa Isabel: El supermercado cierra a las 21:00 horas.
- Súper 10: El supermercado cierra a las 21:00 o 21:30 horas (depende de cada local).
- Jumbo: El supermercado cierra a las 21:00 horas.
- Unimarc: Es supermercado cierra a las 21:30 horas.
- Alvi: El supermercado cierra a las 21:00 horas.
- Central Mayorista: El supermercado cierra a las 21:00 horas.
- El Trébol: El supermercado cierra a las 21:00 horas.
Revisa en detalles los horarios para este fin de semana y Año Nuevo
- Líder: Revisa AQUÍ.
- Acuenta: Revisa AQUÍ.
- Tottus: Revisa AQUÍ.
- Santa Isabel: Revisa AQUÍ.
- Súper 10: Revisa AQUÍ.
- Jumbo: Revisa AQUÍ.
- Unimarc: Revisa AQUÍ.
- Alvi: Revisa AQUÍ.
- Central Mayorista: Revisa AQUÍ.
- El Trébol: Revisa AQUÍ.
¿Abre el comercio para Año Nuevo?
Navidad como Año Nuevo son feriados irrenunciables en Chile. Recordemos durante los feriados irrenunciables no pueden abrir los comercios tipo mall o supermercados en todo el país. Sin embargo, existen algunas excepciones de comercios que si pueden abrir durante estos días.
Entre ellos están:
- Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados), fuentes de soda y pastelerías, en este último caso, siempre y cuando los clientes y clientas consuman los alimentos en el local.
- Hoteles, restaurantes y clubes, es decir, establecimientos que entreguen el servicio de alojamiento y/o comidas sólidas o líquidas para su consumo inmediato, por ejemplo: residenciales, pensiones, hospederías, albergues, moteles, bares, fuentes de soda, casinos, discoteques, churrasquerías, quintas de recreo, locales de comida rápida (incluidos los que están ubicados en los patios de comida), clubes sociales y de recreación, clubes de colonias extranjeras residentes en Chile, etc.
- Bencineras y tiendas de conveniencia adheridas al recinto, solo si en el establecimiento se preparan alimentos para consumo directo en el local.
- Farmacias de urgencia y que deben cumplir turnos fijados por la Autoridad Sanitaria o Seremi de Salud.
Las multas que puedes recibir como empleador
La ley establece que la falta de respeto al feriado irrenunciable conllevará una multa para el empleador o empleadora.
En tal caso, se aplicará una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada trabajadora o trabajador afectado.
Si la empresa cuenta con 50 o más empleados, la multa se incrementará a 10 UTM por cada empleado afectado, y en el caso de tener contratados 200 o más trabajadores, la multa será de 20 UTM por afectado.
¿Crees que los supermercados deberían abrir en Año Nuevo?
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