Este mes de noviembre se entrega un nuevo pago del Subsidio Único Familiar (SUF), beneficio económico mensual que el Estado entrega a madres, padres o tutores que no cuentan con recursos suficientes para la mantención de sus cargas familiares.
¿Cuándo pagan el Subsidio Único Familiar en noviembre?
No existe una fecha única de pago para todos los beneficiarios del Subsidio Único Familiar, así que si quieres saber cuándo recibirás tu dinero este mes de noviembre, debes ingresar con tu RUT a la plataforma de consultas de beneficios de ChileAtiende (AQUÍ).
Una vez dentro, la página te señalará tu fecha y forma de pago, además de informarte sobre otros bonos o pensiones asociadas, de acuerdo a los datos que maneja el Instituto de Previsión Social (IPS).
¿Cuáles son los requisitos del bono?
El Subsidio Único Familiar está dirigido a personas o familias que pertenezcan al 60% de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
Son causantes de Subsidio Familiar quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria que:
- Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no tengan una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos). Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
- Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley N° 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
- Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales reciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
- La mujer embarazada (puede postular al Subsidio Maternal).
¿Cuál es el monto del beneficio?
El Subsidio Único Familiar entrega un monto de $20.328 por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble ($40.656).
Además del pago, las personas que dan derecho a recibir el beneficio (causantes o cargas), también pueden acceder a prestaciones médicas preventivas y curativas, y odontológicas gratuitas.
¿Dónde se cobro el Subsidio Único Familiar?
Puedes cobrar este beneficio en cualquier sucursal del Instituto de Previsión Social (IPS), tu caja de compensación o directo en tu Cuenta Rut del Banco Estado.
¿Por cuánto tiempo se paga?
El Subsidio Único Familiar se paga durante tres años, teniendo que ser renovado si se mantienen los requisitos.
¿Todavía no postulas al beneficio?
Si todavía no postulas al Subsidio Único Familiar, puedes hacerlo consultando directamente en tu municipalidad. Por lo general, los documentos para solicitar y renovar el beneficio son:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
¿Eres beneficiario del Subsidio Único Familiar?
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