El Estado entrega una serie de beneficios económicos, entre los que se encuentra el Bolsillo Electrónico Familiar, aporte que terminó su entrega en abril pasado, pero hace algún tiempo, se anunció la reactivación de los pagos.

En una serie de medidas acordadas entre el Gobierno y la CUT; se definió el regreso del aporte sumándose al reajueste del Subsidio Familiar, Asignación Familiar y Maternal; además de una ayuda en el valor de la parafina.

Te contamos hasta cuándo se pagará, los beneficiarios y si hay fecha para el próximo Bolsillo Familiar.

¿Cuándo se paga el Bolsillo Electrónico Familiar?

Se confirmó que el beneficio vuelve para pagarse los meses de julio, agosto y septiembre; por lo que es un Bolsillo Electrónico “de invierno” el que se pagará nuevamente en estos tres pagos.

Sin embargo, aún no hay acuerdo en Congreso sobre este punto de los beneficios anunciados entre el Gobierno y la CUT. Por lo mismo es que el pago del Bolsillo está retrasado hasta que se apruebe la ley.

Una vez que suceda esto, recién se sabrán las fechas de pago, requisitos y la confirmación del monto. Esto porque todavía no es oficial si serán los mismos de antes.

En caso de aprobarse durante julio, el pago en agosto y septiembre podría ser mucho antes; quizás el 1 de cada mes, tal como sucedía con el Bolsillo Familiar antiguo, que se pagó hasta abril del 2024.

¿Será permanente el Bolsillo Familiar Electrónico?

El mismo secretario de Estado, apuntó que en el acuerdo entre el Gobierno y la CUT, se planteó la permanencia del beneficio desde el 2025: “También se acuerda considerar la incorporación permanente de instrumento a la política social a partir del 2025.

¿Cuáles eran los requisitos del Bolsillo Familiar Electrónico?

Hasta el momento, no se ha informado sobre cambios ni mantención de los requisitos, pero hasta el mes de abril 2024, podían recibirlo las personas que recibían los siguientes beneficios:

  • Asignación Familiar y de la Asignación Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares
  • Subsidio Familiar.
  • Familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades, se incluyen como parte de las personas causantes a:
    • Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la ley N.º 20.422
    • Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
    • Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial reconocido por el Ministerio de Educación.
    • Estudiante de 18 a 24 años, 11 meses matriculado en establecimiento educacional en nivel de enseñanza básica, media o superior u otro equivalente, reconocido por el Ministerio de Educación.
    • Menores de 18 años de edad.