Un importante beneficio que entrega el Estado a las familias más vulnerables del país es el Bono Dueña de Casa o conocido como Bono de Protección. Este aporte estatal se entrega de forma automática a quienes cumplan los requisitos, por lo que no debes postular al pago que se entrega durante dos años consecutivos.

Consulta con tu RUT si recibes el Bono Dueña de Casa

Para saber si te corresponde recibir el Bono Dueña de Casa 2023 debes ingresar a la plataforma de ChileAtiende en este ENLACE con tu RUT.

En esta plataforma podrás ver todos tus pagos del Bono Protección, la fecha en que te entregarán el dinero y el monto que te corresponde recibir.

¿Cuánto dinero entrega el Bono Dueña de Casa?

El monto que ofrece el Bono Dueña de Casa cambia de acuerdo al mes en el que se paga el beneficio:

  • Durante primeros 6 meses se entregan $21.823.
  • Desde el mes 7 y hasta el mes 12 obtendrás $16.608.
  • A partir del mes 13 hasta el mes 18 el monto es de $11.419.
  • Desde el mes 19 hasta el mes 24 el valor será de $20.328 (monto corresponde a monto SUF).

Cabe recordar que este dinero se paga directamente mediante depósito bancario, a través de Cuenta RUT del BancoEstado.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Dueña de Casa?

El Bono Dueña de Casa no es un beneficio al que se debe postular, sino que se paga de forma automática a las familias que sean parte del subsistema de Seguridades y Oportunidades.

Para recibir los pagos mensuales las familias serán invitadas a participar de uno de los programas del subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).

Tras ello, la familia deberá firmar la carta de compromiso y del plan de intervención. Así comenzará a recibir los pagos en una fecha próxima a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).

¿Qué integrante de la familia recibe el Bono Dueña de Casa?

El Bono Dueña de Casa puede ser cobrado por ciertos integrantes de la familia según el siguiente orden de prioridad:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: La persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.