En el contexto de los incendios forestales en la provincia de Marga Marga, durante la tarde de ayer sábado, Carabineros detuvo a una persona identificada como el presunto autor del siniestro que afecta al sector de Alto las Américas en la comuna de Villa Alemana, región de Valparaíso.

¿Cómo fue la detención?

Al respecto de la detención, el general de Carabineros Edgar Jofré, Jefe de Zona de Valparaíso, señaló que “vecinos sindicaron a un individuo como el autor de un incendio, causado por él breves momentos atrás“.

“A raíz de eso hubo un seguimiento en flagrancia y con sindicación de testigos, los carabineros lograron detener a este delincuente, quien además, dentro de sus vestimentas, portaba un encendedor, presumiblemente con el que causó el incendio“, agregó el uniformado

Posteriormente, el general aclaró que “hasta el momento, estamos levantando todos los antecedentes y las evidencias que van a ser remitidas al fiscal que dispuso el control de detención de este individuo”.

¿Cómo castiga la ley a quienes inician incendios forestales en Chile?

Según la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, la legislación chilena señala que “se castigará con presidio mayor en cualquiera de sus grados (de 5 años y un día a 20 años de cárcel) a quien incendie bosques, mieses (sembrados), pastos, montes, cierros (cercos), plantíos o formaciones xerofíticas contempladas en la ley sobre recuperación del bosque nativo (Ley N° 20.283). Estas últimas se definen en esa ley como especies autóctonas preferentemente arbustivas o suculentas, de áreas de condiciones áridas o semiáridas ubicadas entre las Regiones I y VI, incluidas la Metropolitana y la XV y en las depresiones interiores de las Regiones VII y VIII”.

Además, se aplicará el mismo rango de penas al que provoque un incendio que afecte gravemente las condiciones de vida animal o vegetal de un área silvestre protegida.

¿Hay castigo para quienesprovoquen incendios sin intención?

La ley dice que “por mera imprudencia o negligencia en el uso del fuego u otras fuentes de calor en zonas rurales o en terrenos urbanos o semiurbanos destinados al uso público, provoque un incendio sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio a máximo (de 541 días a 5 años) y una multa de 50 a 150 unidades tributarias mensuales“.

“Si el incendio se produjera en un área silvestre protegida o se propagara a alguna de ellas, el responsable del uso del fuego u otras fuentes de calor en las zonas y terrenos sufrirá la pena de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a cinco años) y una multa de 100 a 200 unidades tributarias mensuales“.

¿Te parece bien la pena por causar un incendio forestal?

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