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Beneficios

Gobierno realiza importante anuncio sobre el Seguro de Cesantía que beneficiará a miles de personas

Conoce los detalles de la medida del Gobierno en relación con el Seguro de Cesantía y quienes resultarán beneficiarios.

Filas en AFC por Seguro de Cesantía.
© MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILEFilas en AFC por Seguro de Cesantía.

El Presidente Gabriel Boric llevó a cabo hoy su segunda Cuenta Pública. Durante el discurso el Mandatario realizó varios anuncios en materia de economía y asuntos laborales, entre ellos uno que dice relación con el Subsidio de Cesantía y que beneficiará directamente a los trabajadores que pierdan su empleo.

Conoce los detalles de la medida a continuación.

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¿Qué dijo Boric sobre el Seguro de Cesantía?

Gabriel Boric anunció que el Gobierno presentará un proyecto de ley para flexibilizar de manera transitoria los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía.
Si bien no explicó los detalles de la medida, esta permitirá aumentar su beneficio y que 651 mil personas adicionales accedan a él.

¿Quiénes pueden recibir el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía es un beneficio a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que protege a los trabajadoras que quedaron cesantes, permitiéndoles retirar el dinero acumulado en esta cuenta, mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración.

El beneficiado puede realizar tantos giros como su saldo lo permita, de acuerdo con los siguientes porcentajes de la remuneración según los últimos 12 meses:

  • Primer mes: 70%
  • Segundo mes: 55%
  • Tercer mes: 45%
  • Cuarto mes: 40%
  • Quinto mes: 35%
  • Sexto mes o superior: 30%

¿Quiénes pueden cobrar el beneficio?

Los requisitos son:

  • Estar cesante.
  • Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
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