El monto del Bono Bodas de Oro subió a$403.874. Este beneficio se paga por única vez a las personas que cumplen 50 años de matrimonio. Revisa a continuación si cumples los requisito y cómo cobrar el dinero.

¿Cómo cobrar el Bono Bodas de Oro?

El beneficio se puede solicitar en línea o de forma presencial.

En línea

  • Ingresa aquí.
  • Completa tus datos en el formulario y haz clic en “Entiendo, iniciar prueba de equipo”.
  • Acepta utilizar la cámara y el micrófono en la notificación emergente y, haz clic en “Prueba”.
  • El sistema revisará si el navegador, el audio, micrófono, la cámara y el ancho de banda funcionan de forma correcta. Si es así, haz clic en “Iniciar video atención”.
  • Espera hasta que un ejecutivo aparezca y solicita el pago del Bono Bodas de Oro.
  • Es probable que debas mostrar tu cédula de identidad.

Presencial

  • Consulte si eres beneficiario llamando al 101.
  • Luego, dirígete a una oficina ChileAtiende y solicita el bono-
  • Muestra tu cédula de identidad y listo, habrá solicitado el beneficio.
  • Podrás retirar el monto en un centro de pago en la fecha que te indique el ejecutivo o por depósito.

¿Cuáles son los requisitos?

El aporte va dirigido a cónyuges que:

  • No se encuentren separados o divorciados.
  • Se encuentren en 80% del Registro Social de Hogares (RSH).
  • Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos).
  • Acrediten residencia en el Chile por cuatro años, dentro de los últimos cinco años anteriores a la fecha de la solicitud.

También tendrán derecho al bono las personas viudas en los siguientes casos:

  • Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
  • Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.